Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Huelva » Boletín Oficial de la Provincia de Huelva » 04/12/2019
Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 04/12/2019
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 233
4 de Diciembre de 2019
7283
1.- Que el hijo menor de edad quedará en compañía y bajo la custodia de su madre, si bien la patria potestad continuará siendo de titularidad conjunta del padre y de la madre, aunque el ejercicio de la misma corresponderá en exclusiva a la progenitora custodia.
2.- En cuanto a la concreción del régimen de visitas, comunicación y compañía, habrá de estarse preferentemente a las necesidades que demande el menor, valorando sus propias posibilidades, y teniendo en cuenta su edad.
3.- En concepto de pensión alimenticia a cargo del padre y en favor del hijo, en la suma de 150
euros mensuales. Esta cantidad se incrementará o disminuirá anualmente conforme varíe el índice de Precios al Consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística.
Igualmente, el padre sufragará la mitad de los gastos extraordinarios que se produzcan durante la vida de los mismos, tales como operaciones quirúrgicas, largas enfermedades, y análogos, previa noticación del hecho que motiva el gasto y el importe del mismo a efectos de su aprobación, y en caso de no ser aceptado, resolvería este Juzgado.
No ha lugar a hacer especial imposición de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas indicando que contra la misma cabe Recurso de Apelación en los términos establecidos en la LEC, que será resuelto por la llma.
Audiencia Provincial de Huelva; y previamente al cual deberá ingresarse la cantidad de 50 € en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y rmo.
Y con el n de que sirva de noticación en forma al/a los demandado/s DIEGO MORENO
DEVIA, extiendo y rmo la presente en Huelva a treinta de octubre de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
JUZGADO DE LO SOCIAL
HUELVA
NÚMERO DOS
EDICTO
D/D SONIA MÁRQUEZ PEÑA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 247/2018 a instancia de la parte actora D/D MUTUAL MIDAT CYCLOPS MC MUTUAL contra MANUELA RUEDA
GÓMEZ, FREGEMANT, S.L. y INSS Y TGSS sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado RESOLUCION de fecha 15/11/19 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda iniciadora de los autos 247/18 planteada por MC Mutual frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, doña Manuela Rueda Gómez y Fregemant S.L. sobre reclamación de cantidad se declara responsable a Fregemant S.L. del abono de la suma de SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 04/12/2019 a las 00:00:17
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsLVq73BWzGdP/Vv32KXp63Q== en https verifirma.diphuelva.es