Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 192

7 de Octubre de 2019

6143

AYUNTAMIENTOS
BOLLULLOS PAR DEL CONDADO
ANUNCIO
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado, en sesión celebrada con el carácter extraordinario y en primera convocatoria el día 2 de septiembre de 2019, acordó aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal por Prestación de Servicios Urbanísticos al Amparo de la Ley de Ordenación Urbanística cuyo expediente se somete a información pública y audiencia a los interesados por un plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones, dicho expediente estará a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento.
En caso de no presentarse ninguna reclamación en el plazo anteriormente indicado se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, publicándose el texto íntegro de la Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia, quedando derogada en ese momento la Ordenanza Fiscal que hasta ese momento se encuentre en vigor reguladora de dicha tasa.
En Bollullos Par del Condado, a 17 de septiembre de 2019.- EL ALCALDE.

ANUNCIO
ACUERDO PLENARIO
Visto el informe del Tesorero General del Excmo. Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado de fecha 19 de julio de 2019 donde hace constar que: "según los datos que se desprende de nuestro sistema de información contable y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 25
de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se relacionan las operaciones a incluir en el expediente de prescripción de obligaciones de pago, así como operaciones a anular con objeto de que la contabilidad municipal de ajuste a la imagen fiel del patrimonio, de su situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución presupuestaria, conforme a lo regulado en la Regla 12 y siguientes de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre por el que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local".
Visto que el Tribunal de Cuentas ha mantenido que, dado que la baja por prescripción de obligaciones afecta a presupuestos cerrados y se está afectado a la Cuenta General, cuya competencia corresponde al Pleno de la Corporación corresponde a tal órgano la adopción del acuerdo de prescripción.
Examinada la documentación que se acompaña y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local se adopta con los votos a favor, que representan la mayoría absoluta del número legal de miembros, de los Grupos Políticos PSOE 9, IB 1, PP 3 y ADELANTE 1 y la abstención de D. Sergio Rosado Valdayo del Grupo IB, que se encontraba ausente en el momento de la votación, el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Declarar la prescripción de las deudas del Ayuntamiento que se adjunta por el transcurso del plazo de cuatro años sin ejercitar el derecho a exigir el pago de las mismas.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 07/10/2019 a las 00:00:03
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha07/10/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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