Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 13/05/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

3198

13 de Mayo de 2019

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 89

El Ilmo. Sr. Presidente con esta fecha ha dictado Decreto del tenor literal siguiente:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Presidencia, HA RESUELTO:
Primero: Aprobar las Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de trabajo de funcionarios interinos para el acceso a la categoría de agente auxiliar administrativo del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de Huelva, con el siguiente tenor literal:
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE
FUNCIONARIOS INTERINOS PARA EL ACCESO A LA CATEGORÍA DE AGENTE AUXILIAR
ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE HUELVA.
1. Normas generales.
1.1. Se convoca una bolsa de trabajo en la categoría de Agente Auxiliar Administrativo del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, al objeto de nombrar funcionarios interinos por razones de necesidad y urgencia cuando la prestación del servicio no sea posible con funcionarios/as de carrera del propio Servicio.
1.2. Las plazas objeto de la convocatoria corresponden al Grupo C Subgrupo C2 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y están encuadradas en la escala de Administración General subescala Auxiliar, categoría Agente Auxiliar Administrativo de la plantilla del Servicio de Gestión Tributaria.
1.3. La bolsa de trabajo que estará compuesta por veinte seleccionados, dos de ellos se reservarán para ser cubiertas por personas cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33%, derivado de la presente convocatoria, tendrá una vigencia hasta la toma de posesión de los aspirantes que superen el correspondiente proceso selectivo, publicado en el BOP núm. 50
de 14 de marzo de 2019, para la provisión denitiva mediante concurso-oposición de diversas plazas de personal funcionario vacantes en la plantilla del SGTH. En cualquier caso, los/las aspirante que superen la convocatoria para cubrir en propiedad las plazas, tendrán preferencia sobre los de esta bolsa.
1.4. El proceso de selección se realizará mediante concurso de méritos.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Tener nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
b Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
2.2. Todos los requisitos establecidos en la base 2.1 deberán poseerse en el día de nalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso de selección y acreditar su cumplimiento como requisito previo imprescindible para poder ser nombrado, en su caso, funcionario interino.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 13/05/2019 a las 00:00:04
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsfHDhRd8Oy5GTDIndbuuDyA== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 13/05/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha13/05/2019

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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