Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 22/03/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 56

22 de Marzo de 2019

1751

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA
RESOLUCIÓN
Resolución nº: 455/2019
Fecha Resolución: 19/03/2019
SUBVENCIONES DEPORTES 2018. RESOLUCIÓN DEFINITIVA
Resolución Denitiva de la Convocatoria general de subvenciones de la Diputación de Huelva para la realización de actividades en la provincia de Huelva en materia de cooperación internacional, deportes, igualdad y actividades genéricas. Año 2018.
MODALIDAD DEPORTES
Por acuerdo de la junta de Gobierno de la Diputación de Huelva de Fecha 24 de mayo de 2018, registrada en la base de Datos Nacional de Subvenciones con fecha 13 de junio de 2018 y publicado en el Boletín Ocial de la Provincia nº 114 el 14 de junio de este mismo año, se aprobó la Convocatoria de subvenciones de Servicio de Deportes de la Diputación provincial, para la realización de actividades deportivas dirigidas a entidades locales, entidades deportivas y deportistas de la provincia de Huelva en el año 2018.
Vistas las consideraciones de la Propuesta de Resolución Denitiva relativa a las alegaciones y/o reformulaciones de las entidades solicitantes.
Visto el informe del órgano instructor y una vez transcurrido el plazo para que los interesados puedan comunicar su aceptación, esta Presidencia, en uso de las facultades que le conere el art.
34 de la Ley 7/198 5, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVE:
Primero.- Conceder ayudas a las personas y/o entidades que se relacionan en el Anexo II de la presente resolución, en cada una de las lineas subvencionadas, para la realización de los proyectos que en el mismo se mencionan y en las cuantías que allí se señalan.
Segundo.- Fijar el 31 de enero de 2019 como termino para llevar a cabo las actividades objeto de las ayudas, así como para comprometer todos los gastos vinculados a las mismas.
La realización de estas actividades será la justicada por los beneciarios ante el Registro general de la Diputación en los tres meses siguientes a la terminación del plazo establecido en el párrafo anterior, de conformidad con lo establecido en la convocatoria.
Tercero.- Declarar excluidas las solicitudes que guran en el anexo I por no cumplir los requisitos establecidos para poder participar en la convocatoria, o por no aceptar o renunciar a la ayuda propuesta.
Cuarto.- Conforme a lo establecido en el punto 31 de la convocatoria, y tal cómo justica el servicio instructor , el abono de la subvención se realizará en dos pagos. El primero tendrá carácter anticipado y será del 50% de la subvención. El resto se abonará una vez sea admitida la justicación presentada en plazo y forma, con el informe de conformidad por el Servicio de Deportes. En caso de que la actividad esté nalizada, el abono del 100% de la subvención se efectuará previa justicación, con el informe de conformidad por el Servicio de Deportes.
Quinto. - Que por los Servicios Económicos de esta Diputación Provincial se prevea lo necesario en orden a la efectividad de la presente resolución con cargo a la aplicación 51002341004890018
del Presupuesto Provincial, una vez se realicen las fases de autorización y disposición del gasto.
Sexto.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Ocial de la Provincia, surtiendo esta los efectos de noticación en los términos establecidos en la legislación de Procedimiento Administrativo Común.
El presente acto agota la vía administrativa. Para su impugnación sólo podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Ocial de la Provincia de Huelva, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse el correspondiente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, en cuyo caso no cabrá interponer recurso contenciosos administrativo, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/201 5, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 22/03/2019 a las 00:00:16
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsD0kZ8TDmv27Y7MV1RZmVWg== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 22/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha22/03/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31