Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/12/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

6530

7 de Diciembre de 2017

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 232

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhafp.gob.es/
bdnstrans/GE/es/convocatoria/374145
Puede consultarse información de la convocatoria y descargarse los anexos en la página:
http www.diphuelva.es/somostransparentes2/contenidos/10167_convocatoria Primero: Beneiciarios:
Podrán ser beneiciarios de la presente convocatoria los municipios de la provincia de Huelva de población inferior a 20.000 habitantes y las Entidades de ámbito territorial inferior al municipio, para proyectos que versen sobre materias en las que tenga competencias legalmente reconocidas, y que estén relacionadas con el objeto de la presente convocatoria.
Segundo. Objeto.
Financiación de obras, instalaciones y servicios que puedan caliicarse de extraordinarios y cuya inalidad sea la satisfacción de una necesidad pública de carácter local, estando entre ellas las siguientes:
a Aquellas actuaciones que pretendan atender una necesidad imperiosa de prestación obligatoria, por constituir servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local según redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, así como en la legislación sectorial que sea aplicable.
b Las que pretendan evitar algún daño o peligro inminente o graves molestias al interés público o social de la Entidad.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. BOP nº 136 de 18
de julio de 2016.
Cuarto. Cuantía.
El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se reiere la presente convocatoria es de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL EUROS 165.000,00 € que se imputarán a la aplicación 90000 94200 76200 del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Huelva.
La subvención de la Diputación alcanzará hasta el 80% del importe de la actuación solicitada sin que, pueda exceder en ningún caso de la cantidad de 35.000,00 € límite máximo de la subvención cualquiera que sea el presupuesto de la actuación que pueda realizar el Ayuntamiento/Entidad.
El resto del importe de la obra o servicio solicitado deberá inanciarse mediante aportaciones de los Ayuntamientos/Entidades afectados u otras subvenciones que éstos reciban.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oicial de la Provincia de Huelva, expirando 10 días hábiles después.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación de Huelva Avda. Martín Alonso Pinzón 9, o por alguno de los procedimientos previstos en la legislación del Procedimiento Administrativo Común.
Las entidades interesadas que deseen presentar su solicitud en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Huelva deberán aportar toda la documentación digitalizada en formato PDF, conforme los requisitos técnicos establecidos en la página del registro electrónico de la Diputación de Huelva.
Huelva, 05-12-2017.- Fdo.: Rafael J. Vera Torrecillas - Secretario General.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 07/12/2017 a las 00:00:07
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/12/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha07/12/2017

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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