Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 06/03/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

3314

6 de Marzo de 2014

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 44

2.- MARCO NORMATIVO.
El marco normativo de aplicación, en los aspectos no regulados en las presentes bases, será la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.
3.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.
Podrá tomar parte en el proceso selectivo el personal laboral fijo que a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público esté desempeñando funciones de personal funcionario, o pase a desempeñarlos en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha, podrán seguir desempeñándolos.
Asimismo, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concursooposición, de forma independiente o conjunta con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos Cuerpos y Escalas a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición.
Los aspirantes que quieran participar en el proceso selectivo para la cobertura de las plazas objeto de la convocatoria relacionadas en la base primera deberán estar en posesión de la titulación que se especifica a continuación en cada caso:
1 Técnico Cultura, Técnico R. Laborales, Técnico D. Local y Gerente P.M.D: Título de Diplomado universitario o equivalente.
2 Administrativo: Título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.
3 Auxiliares: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
4.- INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR.
Los aspirantes a cada uno de los procesos, presentarán instancia, dirigida al Alcalde-Presidente en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera, referido a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de esta convocatoria en el Boletín oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.
Junto con la instancia presentarán fotocopia compulsada o certificación acreditativa de los méritos que aleguen, no teniéndose en cuenta los presentados y obtenidos una vez concluido el plazo de presentación de instancias. No se tendrán en cuenta los no acreditados en la forma antedicha.
Los derechos de examen serán los establecidos en el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del Ayuntamiento de Aljaraque en función a la plaza convocada y serán satisfechos por los aspirantes en la cuenta 21007144192200069940, debiendo adjuntarse a la instancia el resguardo acreditativo de su pago, donde se haga constar el nombre del aspirante y la prueba selectiva a la que se presenta, identificándola específicamente.
5.- ADMISIÓN DE LOS/AS CANDIDATOS/AS.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de diez días naturales declarando aprobada la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos a cada una de las plazas convocadas, que se harán públicas en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.
En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos establecidos en la Ley de Régimen Jurídicos de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se conceda a los aspirantes excluidos en cualquiera de las convocatorias.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. Así, mismo se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, la composición del Tribunal y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
En caso de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 06/03/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha06/03/2014

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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