Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 08 de mayo de 2024

OLAZUL S A., REAL DE CATORCE SA, TROSHER S.A., DASEM S.A., DISTRIBUIDORA COFEX SRL, GRUPO DIVARIO
SRL, SAN LABRADOR SRL, PROVEEDORA LOS ESTUDIANTES S.R.L., SONEP SRL, SERVI GALO S.R.L, ALVARO
RAUL OMAR, DIMALU SRL, O.A.G. S.A., VYAM GROUP S.R.L., COPACABANA S A, BIO-LIMP SOLUCIONES DE
CALIDAD S.A., PROVESER SRL, ISOMAD SA, CIEN MILLAS S.A., ALIMENTOS VIDA S.A., PACER S.A.S., CORDERO
GABRIELA, CUMA S.R.L., 2 TAPITAS SRL, KARABIN MARIA ELISABET, CAREAGA HNOS, GRALEN SRL, NORTEALIM
S.R.L, GRUPO LUMBRERA S.A.S, las solicitudes de revisión correspondientes por los canales habilitados para la recepción de las mismas;
Que atento que las variaciones mencionadas superan el 5% requerido por la normativa, corresponde habilitar la instancia de revisión de precios, debiendo aplicarse entonces la metodología prevista para ello en el artículo 50 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la contratación para arribar a los nuevos precios unitarios;
Que, por otro lado, atento que la variación resultante no supera el 5% requerido en la normativa vigente y aplicable para los renglones 3, 4, 9, 10, 11, 12, 19, 20, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 49, 50, 51, 52, 57, 58, 69 y 70, prevista en el artículo 50 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigen la presente, corresponde rechazar la revisión solicitada con respecto a los mismos, de acuerdo a la intervención de orden 76;
Que se han expedido la Dirección Provincial de Análisis Económico Financiero y la Dirección Provincial de Compras Centralizadas y Convenios Marcos, ambas de esta dependencia;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N DECTO-2019-59GDEBA-GPBA cuyo texto fuera modificado por el artículo 7 del Decreto N DECRE-2022-1314-GDEBA-GPBA, por lo establecido en la Ley N 15.477 y por el artículo 17 apartado 3 inciso f del Anexo I del Decreto N DECTO-2019-59GDEBA-GPBA, en virtud de lo establecido en el Decreto N 126/23 B;
Por ello, LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL ORGANISMO
PROVINCIAL DE CONTRATACIONES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Aprobar la Revisión de Precios solicitada por las empresas REZZONICO HECTOR AQUILES, BQL S.A., EPC S.A., IL TEDESCO S.A., OLAZUL S A., REAL DE CATORCE SA, TROSHER S.A., DASEM S.A., DISTRIBUIDORA
COFEX SRL, GRUPO DIVARIO SRL, SAN LABRADOR SRL, PROVEEDORA LOS ESTUDIANTES S.R.L., SONEP SRL, SERVI GALO S.R.L, ALVARO RAUL OMAR, DIMALU SRL, O.A.G. S.A., VYAM GROUP S.R.L., COPACABANA S A, BIOLIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A., PROVESER SRL, ISOMAD SA, CIEN MILLAS S.A., ALIMENTOS VIDA S.A., PACER S.A.S., CORDERO GABRIELA, CUMA S.R.L., 2 TAPITAS SRL, KARABIN MARIA ELISABET, CAREAGA HNOS, GRALEN SRL, NORTEALIM S.R.L, GRUPO LUMBRERA S.A.S, conforme el detalle del precio unitario revisado de los renglones del contrato que constan en el Anexo IF-2024-12383450-GDEBA-DCMOPCGP que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Dejar establecido que el nuevo precio aprobado en el artículo 1 será efectivo al momento de la solicitud del proveedor.
ARTÍCULO 3. Rechazar la Revisión de Precios solicitada por las empresas BQL S.A. para los renglones 9, 11, EPC S.A.
para los renglones 9, 11, IL TEDESCO S.A. para los renglones 11, 12, 57, 58, OLAZUL S A. para los renglones 4, 9 opción 1 y 2, 10, 11, 12, 19, 20, TROSHER S.A. para los renglones 9, 10, 11 opción 1 y 2, 12 opción 1 y 2, 19, 20, DASEM S.A.
para los renglones 3, 4, 11, 12, GRUPO DIVARIO SRL para los renglones 3, 11, 19, 57, 69, SAN LABRADOR SRL para los renglones 49, 69, PROVEEDORA LOS ESTUDIANTES S.R.L. para los renglones 3, 4, 11, 12, SONEP SRL para el renglón 11, ISOMAD SA para los renglones 3, 9, 11, 19, CIEN MILLAS S.A. para los renglones 3 opción 1 y 2, 4 opción 1 y 2, 9, 10, 11 opción 1 y 2, 12 opción 1 y 2, 19, 20, CORDERO GABRIELA para los renglones 11, 12, 57, 58, 2 TAPITAS SRL para los renglones 3, 9, 11, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 4. Citar a las empresas REZZONICO HECTOR AQUILES, BQL S.A., EPC S.A., IL TEDESCO S.A., OLAZUL S
A., REAL DE CATORCE SA, TROSHER S.A., DASEM S.A., DISTRIBUIDORA COFEX SRL, GRUPO DIVARIO SRL, SAN
LABRADOR SRL, PROVEEDORA LOS ESTUDIANTES S.R.L., SONEP SRL, SERVI GALO S.R.L, ALVARO RAUL OMAR, DIMALU SRL, O.A.G. S.A., VYAM GROUP S.R.L., COPACABANA S A, BIO-LIMP SOLUCIONES DE CALIDAD S.A., PROVESER SRL, ISOMAD SA, CIEN MILLAS S.A., ALIMENTOS VIDA S.A., PACER S.A.S., CORDERO GABRIELA, CUMA S.R.L., 2 TAPITAS SRL, KARABIN MARIA ELISABET, CAREAGA HNOS, GRALEN SRL, NORTEALIM S.R.L, GRUPO LUMBRERA S.A.S, por el plazo de siete 7 días de notificada la presente, a enviar la garantía de cumplimiento de contrato por el monto total actualizado del contrato, conforme los precios aprobados en el artículo 1, al Organismo Provincial de Contrataciones sito en calle 9 N 796 e/ 47 y 48 de la Ciudad de La Plata, en el horario de 09:00 hs a 15:00
hs, o en el caso de constituirse mediante seguros de caución a través de pólizas suscriptas mediante firma digital podrán ser remitidas por correo electrónico a consultas.opc@gba.gob.ar en el plazo indicado.
ARTÍCULO 5. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, publicar en el portal https pbac.cgp.gba.gov.ar, en el Boletín Oficial e incorporar en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA. Cumplido, archivar.
Maria Victoria Anadon, Directora Ejecutiva
ANEXO/S
IF-2024-12383450-GDEBADCMOPCGP

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SECCIÓN OFICIAL > página 11

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/05/2024

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición31/05/2024

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