Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/03/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 21 de marzo de 2024

ARTÍCULO 1. Fijar a partir del 1º de marzo de 2023, a partir del 1º de mayo de 2023, a partir del 1º de julio de 2023, a partir del 1º de septiembre de 2023 y a partir del 1º de noviembre de 2023, para el Personal de Planta Permanente sin estabilidad comprendido en el artículo 107 de la Ley Nº 10.430, Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, como asimismo para el Personal Jerarquizado Superior, los sueldos básicos y los gastos de representación, previstos en el artículo 1º del Decreto Nº 645/23, conforme el detalle obrante en los Anexos 1 IF-2023-52999758-GDEBA-DPELSPMHYFGP y 2 IF-2023-52999745-GDEBA-DPELSPMHYFGP, que forman parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2. Fijar a partir del 1º de marzo de 2023, a partir del 1º de mayo de 2023, a partir del 1º de julio de 2023, a partir del 1º de septiembre de 2023 y a partir del 1º de noviembre de 2023, para el personal de Gabinete comprendido en los artículos 111 inciso a y 113 de la Ley Nº 10.430, Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, el valor del módulo previsto en el artículo 2º del Decreto N 645/23 que fuera estipulado por el artículo 3º del Decreto Nº 1278/16, en los importes que se detallan en el Anexo 3 IF-2024-00166840-GDEBADPELSPMHYFGP que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 3. Fijar los montos máximos mensuales de los contratos de locación de servicios normados por los artículos 111 inciso c y 115 de la Ley Nº 10.430, a partir del 1º de marzo de 2023, a partir del 1º de mayo de 2023, a partir del 1º de julio de 2023, a partir del 1º de septiembre de 2023 y a partir del 1º de noviembre de 2023, en los importes detallados en el Anexo 4 IF-2024-00166821-GDEBA-DPELSPMHYFGP que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 4. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, Trabajo y Gobierno.
ARTÍCULO 5. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar al Instituto de Previsión Social, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINDMA y pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Pablo Julio López, Ministro; Walter Correa, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

ANEXO/S
IF-2023-52999758-GDEBADPELSPMHYFGP

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IF-2023-52999745-GDEBADPELSPMHYFGP

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IF-2024-00166840-GDEBADPELSPMHYFGP

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Ver
DECRETO Nº 232/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 15 de Marzo de 2024
VISTO el expediente EX-2024-04904478-GDEBA-DSTYADCIC de la Comisión de Investigaciones Científicas, mediante el cual tramita la aceptación de la renuncia de Alejandro VILLAR al cargo de Presidente del citado organismo y la designación en su reemplazo de Roberto Carlos SALVAREZZA, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto-Ley N 7385/68 fue creada la Comisión de Investigaciones Científicas;
Que Alejandro VILLAR presentó la renuncia, a partir del 29 de febrero de 2024, al cargo de Presidente de la Comisión de Investigaciones Científicas, en el que había sido designado por Decreto N 163/22;
Que la Dirección Provincial de Personal informó que el funcionario saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, en consecuencia corresponde aceptar la renuncia presentada por Alejandro VILLAR;
Que, por otra parte, se propicia la designación de Roberto Carlos SALVAREZZA en el cargo de Presidente de la Comisión de Investigaciones Científicas, a partir del 1º de marzo de 2024, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaria General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.2.11.00.033 - COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, a partir del
SECCIÓN OFICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/03/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha21/03/2024

Nro. de páginas85

Nro. de ediciones3386

Primera edición02/07/2010

Ultima edición04/06/2024

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