Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 15 de marzo de 2024

reglamentación, el artículo 2 del Decreto N 653/2018 y la Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16 y prorrogada por la Ley N 15.480;
Por ello, EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Aprobar la Licitación Pública N 137/2023 realizada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: CAPS La Rotonda - Grupo 10.8, en el partido de Florencio Varela, y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente a la empresa CONSTRUCCIONES LA PLATA S.A. por la suma de pesos ochocientos treinta y dos millones setenta y seis mil setecientos sesenta y dos con veintiséis centavos $832.076.762,26 para obra, a la que agregándole la suma de pesos ocho millones trescientos veinte mil setecientos sesenta y siete con sesenta y dos centavos $8.320.767,62 para dirección e inspección, la suma de pesos veinticuatro millones novecientos sesenta y dos mil trescientos dos con ochenta y siete centavos $24.962.302,87 para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021
y la suma de pesos ocho millones trescientos veinte mil setecientos sesenta y siete con sesenta y dos centavos $8.320.767,62 para embellecimiento, hace un total de pesos ochocientos setenta y tres millones seiscientos ochenta mil seiscientos con treinta y siete centavos $873.680.600,37, estableciéndose un plazo de ejecución de doscientos setenta 270 días corridos.
ARTÍCULO 3. Dejar establecido que en el presente ejercicio se invertirá la suma de pesos trescientos ochenta millones novecientos cincuenta y dos mil trescientos ochenta con noventa y cinco centavos $380.952.380,95 para obra, a la que agregándole la suma de pesos tres millones ochocientos nueve mil quinientos veintitrés con ochenta y un centavos $3.809.523,81 para dirección e inspección, la suma de pesos once millones cuatrocientos veintiocho mil quinientos setenta y uno con cuarenta y tres centavos $11.428.571,43 para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos tres millones ochocientos nueve mil quinientos veintitrés con ochenta y un centavos $3.809.523,81 para embellecimiento artículo 3º Ley Nº 6.174, hace un total de pesos cuatrocientos millones $400.000.000.
ARTÍCULO 4º. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2023 - Ley Nº 15.394 - prorrogado para el ejercicio 2024 en los términos del Decreto N 12/2024- JU 14
- PR 8 - SP 1 - PY 12586 - OB 99 - IN 5 - PPR 4 - PPA 2 - SPA 274 - FF 11 - UG 274 - CTA ESCRITURAL 710 - MON 1.
ARTÍCULO 5. La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y para el artículo 8 de la Ley Nº 6.021, modificada por la Ley Nº 14.052 y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, la correspondiente a embellecimiento, conforme lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N 6174, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la realización de las gestiones pertinentes.
ARTÍCULO 6. La Dirección Provincial de Arquitectura deberá adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar en el diferido 2025 la suma de pesos cuatrocientos setenta y tres millones seiscientos ochenta mil seiscientos con treinta y siete centavos $473.680.600,37 como asimismo gestionará la transferencia de los importes correspondientes a las reservas respectivas.
ARTÍCULO 7º. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del veinte por ciento 20% del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 8. Desestimar las ofertas de las empresas FERSAN Y ASOCIADOS S.R.L. y EBCON S.A. por no ser convenientes al interés fiscal.
ARTÍCULO 9. Proceder a través de la Dirección de Contrataciones de Obra Pública, dependiente de la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones, a entregar las garantías de afianzamiento de oferta a los representantes legales de las empresas mencionadas en el artículo precedente, bajo debida constancia, en caso de que las mismas hayan sido entregadas en formato papel.
ARTÍCULO 10. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1º y 2º del Decreto N 4041/96.
ARTÍCULO 11. Notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, incorporar en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA y girar a la Dirección de Contrataciones de Obra Pública. Cumplido, archivar.
Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro.

RESOLUCIÓN Nº 278-MIYSPGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 7 de Marzo de 2024
VISTO el EX-2023-24429166-GDEBA-DPTLMIYSPGP, por el cual tramita la aprobación del Acta Acuerdo de redeterminación de precios en el marco del Decreto N 290/21 y modificatorias, reglamentado por la RESO-2021-943GDEBA-MIYSPGP y modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública inició el proceso de Redeterminación de Precios de la obra: Puesta en Valor, Manzana Gobernación Etapa I Residencia del Gobernador - Reacondicionamiento de
SECCIÓN OFICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha15/03/2024

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones3391

Primera edición02/07/2010

Ultima edición11/06/2024

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