Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 19 de julio de 2023

Eva Soledad MOLINA; Fabián Andrés FERRARO; Federico DE ACHÁVAL; Federico Walter KRUSE; Felipe SILVESTRE;
Fernando Enrique MARTÍNEZ; Gladys Graciela LÓPEZ; Guido José BORDACHAR; Guillermo Horacio IGLESIAS; Gustavo Adolfo FICOSECCO; Hernán Oscar GALIMBERTI; Horacio Alberto PIAZZALE; Jacqueline Soledad BOUZADA; Jésica Soledad BORTULÉ; Joaquín Eduardo CASTRO; Juan Carlos MAIRANO; Juan Martín TITO; Juan Pablo CAPUTO; Juan Pablo MARTIGNONE; Laura IADAROLA; Laura Susana ÁLVAREZ LENTINO; Lorena Beatriz FLORES; Lucía RAVINA; Luis Alberto MARTÍNEZ ROCHA; Luis Ignacio BONFANTE; Marcelo Matías CARRIZO; María Anahí MORETTI; María Florencia ARRAIGADA; María Paula GONZÁLEZ; Mariano Javier LUNA; Mariano SOSA BELÁUSTEGUI; Marisa Verónica LAGONEGRO; Martín Ezequiel BLANCO; Martín Nicolás CIAMPOLI HALAMÁN; Martín Oscar MONEA; Mauro Tomás WALLACE; Michelle Antonella ALARCÓN; Miguel Armando GAMBOA; Nicolás José DUCOTÉ; Osvaldo Fabián ARIAS;
Osvaldo Rubén ZAMORA; Leonardo Luis PASTOR; Ricardo Matías SGOIFO; Rodrigo Alejandro VIDAL MAULA; Sandra Alicia MIGUEL; Sandra Edith SOSA; Santiago LAURENT; Sebastián Nicolás NEUSPILLER; Segundo Bartolomé MESTANZA CUEVA; Simón Josué CHAPARRO MARTÍNEZ; Solana Victoria MARCHESAN; Soledad PERALTA; Sonia María STEGMANN; Vanesa Paola MONTERO FERRADA; y Yanina Alejandra SEGUIL; lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanción de multa, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543, a la orden del Presidente del H. Tribunal de Cuentas - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Fiscal de Estado para que promueva su ejecución Artículos 159 de la Constitución Provincial y 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, hacerles saber que la Sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15
días conforme lo establecido por el Artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a éste H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires la situación expuesta en el Considerando Quinto, y la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de DEL PILAR.ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Secretario de Actuaciones y Procedimiento el presente fallo que consta de cuarenta fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas, y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Séptimo. Cumplido, archívese.
Fallo: 173/2023.
Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Juan Pablo Peredo; Gustavo Eduardo Diez y Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 01/06/2023
N de Expediente: 4-036.0-2016
Ente u Organismo: Municipalidad de Exaltación de la Cruz Ejercicio: 2016
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando PRIMERO, reducir la multa de $60.700,00 al Contador Municipal, Responsable del Sistema de Presupuesto y del Sistema de Administración de Bienes Físicos Sr. Juan Miguel DÍAS, que fuera impuesta a través del Artículo Octavo, Considerando Noveno y la disidencia planteada a continuación del mismo, del Fallo de las cuentas del ejercicio 2016, manteniéndose la multa en la suma de $57.000,00.Por su parte, se mantienen las multas de $60.700,00 al Intendente Municipal Sr. Adrián Daniel SÁNCHEZ, de $40.000,00 al Tesorero Municipal Sr. Juan Cruz LLAMOSAS y de $6.400,00 al Responsable de la Unidad Ejecutora, Secretario de Gobierno Sr. Diego Eduardo NANNI artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando SEGUNDO, mantener el cargo de $35.491,38
que fuera dispuesto por el Artículo Décimo, Considerando Segundo, apartados 3.1. y 3.2. del Fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que responderán en forma solidaria el Contador Municipal Sr. Juan Miguel DÍAS y el Tesorero Municipal Sr. Juan Cruz LLAMOSAS artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando TERCERO, dejar sin efecto el cargo de $28.202,25 que fuera dispuesto por el Artículo Undécimo Considerando Séptimo, apartado 1.2., del Fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que se responsabilizara en forma solidaria: al Intendente Municipal Sr. Adrián Daniel SÁNCHEZ, al Contador Municipal Sr. Juan Miguel DÍAS y al Responsable de la Unidad Ejecutora Secretario de Gobierno Sr. Diego Eduardo NANNI artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando CUARTO, dejar sin efecto el cargo de $18.184,33 que fuera dispuesto por el Artículo Duodécimo Considerando Séptimo, apartado 1.5.2., del Fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que se responsabilizara en forma solidaria: al Intendente Municipal Sr. Adrián Daniel SÁNCHEZ, al Contador Municipal Sr. Juan Miguel DÍAS y al Responsable de la Unidad Ejecutora Secretario de Gobierno Sr. Diego Eduardo NANNI artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando QUINTO, dejar sin efecto el cargo de $169.452,59 que fuera dispuesto por el Artículo Décimo Tercero Considerando Séptimo, apartado 1.5.4., del Fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que se responsabilizara en forma solidaria: por la suma de $147.807,22 al Intendente Municipal Sr. Adrián Daniel SÁNCHEZ, al Contador Municipal Sr. Juan Miguel DÍAS y al Responsable de la Unidad Ejecutora, Secretario de Gobierno Sr. Diego Eduardo NANNI y por $21.645,37 al Intendente Municipal Sr. Adrián Daniel
SECCIÓN OFICIAL > página 80

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha19/07/2023

Nro. de páginas137

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición09/05/2024

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