Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/09/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 23 de septiembre de 2022

Firmado: Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Federico Gastón Thea. Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Sumario Fecha de Acuerdo: 15/09/2022
N de Expediente: 21100-419740-2015-0-1
Sumario de responsabilidad Patrimonial: Ministerio de Seguridad Ejercicio: 2015
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $4.138 00; referido al mes de marzo de 2015, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar patrimonialmente responsable a la señora Lucía Antonella BARRIONUEVO, D.N.I. Nº 36.878.934, por transgresión a los artículos 112 y 114 de la Ley Nº 13.767 arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T. O.
9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos ochenta y un mil quinientos cincuenta y seis $81.556,00 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar a la señora Lucía Antonella BARRIONUEVO, el cargo pecuniario que se le formula en el Artículo Segundo y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 - CBU 0140999801200000010893 a la orden del Presidente del H.
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se le hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que la responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires esta resolución que consta de tres 3 fojas, firmarla en un ejemplar, reservar el expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Tercero. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Fallo: 792/2022.
Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Proc./Improc.
Fecha de Acuerdo: 15/09/2022
N de Expediente: 4-090.1-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Puán - Ente de Gestión Descentralizada de Salud Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar la procedencia formal del recurso deducido por las Sras. María Inés López, Fabiela Vanesa Reyes, Ángeles Silvina Tetilla, Marlene Carolina Gottfried y Anabel Torres y el Sr. Cristian Ángel Haag contra los cargos formulados por los artículos cuarto, octavo y noveno considerandos quinto apartados 5.1, 5.4.1, 5.4.2 y séptimo apartado 2 las multas y amonestaciones aplicadas por medio del artículo tercero, en lo que respecta a los temas desarrollados en los considerandos segundo apartados 1.1, 1.3, 1.4, 1.5, tercero apartados acápites 3.1, 3.2, 3.3, 3.5.1, 3.5.2, 3.6 y 3.7, cuarto y quinto apartados 5.5 y 5.6, de la sentencia del 5 de noviembre de 2020, y disponer el pase de las actuaciones a la D. Relatora a los fines del artículo 39 de la Ley 10869 y sus modificatorias considerando primero del presente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar la improcedencia del recurso intentado por la Sra. María Inés López, al que se adhiere el Sr. Cristian Ángel Haag y las Sras. Fabiela Vanesa Reyes, Ángeles Silvina Tetilla, Marlene Carolina Gottfried y Anabel Torres, respecto de la sanción aplicada por medio del artículo séptimo de la sentencia dictada el 5 de noviembre de 2020, atento a las consideraciones volcadas en el considerando segundo del presente.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar a las Sras. María Inés López, Fabiela Vanesa Reyes, Ángeles Silvina Tetilla, Marlene Carolina Gottfried y Anabel Torres y al Sr. Cristian Ángel Haag, lo dispuesto por el artículo segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Puan y a la Municipalidad de Puan Ente de Gestión Descentralizada de Salud.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 018/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de dos fojas; firmarlo en un ejemplar y publicarlo en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas. Cumplido, remítanse las presentes actuaciones al Relator actuante, conforme lo dispuesto en el artículo primero.
Fallo: 796/2022.
Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Gustavo Eduardo Diez, Juan Pablo Peredo y Federico Gastón
SECCIÓN OFICIAL > página 92

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/09/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha23/09/2022

Nro. de páginas161

Nro. de ediciones3389

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/06/2024

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