Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/09/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 16 de septiembre de 2022

Fallo: 413/2022.
Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Gustavo Eduardo Diez, Federico Gastón Thea.
Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 07/07/2022
N de Expediente: 1-266.0-2019
Ente u Organismo: Ministerio de Seguridad Ejercicio: 2019
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas del MINISTERIO DE SEGURIDAD - Ejercicio 2019, acorde a lo expresado en el Considerando Vigesimonoveno.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de las cuestiones tratadas en el Considerando Vigesimoctavo.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en los Considerandos Segundo, Cuarto, Quinto y Décimo.
Encomendar a la División Relatora, realizar un seguimiento de las recomendaciones formuladas en los Considerandos Segundo, y Decimo e informe en el próximo estudio de la cuenta.
Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General de la Provincia y a la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros las cuestiones tratadas en el Considerando Cuarto e informar a las autoridades de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa que deberán dar cumplimiento de lo dispuesto en el Considerando Segundo del presente.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre las cuestiones tratadas en el Considerando Undécimo y disponer que la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio. Declarar que los señores Matías Javier GONZALEZ PATIÑO, Luis Enrique TORRES e Ignacio José PARERA, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, no se pronuncie concreta y definitivamente respeto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Dar por subsanada la observación referida a los casos de los agentes CALIVA, Miguel Ángel;
ARROYO, Javier Alberto, OCHONGA, Mauricio Alejandro y JIMENEZ, Daniel Sergio, mantener sin otros alcances la observación referida al agente ECHEVERRÍA, Santiago Esteban y dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión surgida del Artículo Tercero - Considerando Tercero del Fallo N 10/2021, tratada en el Considerando Decimocuarto del presente y eximir de responsabilidad a los señores Ignacio Gustavo GRECO y Luis Enrique TORRES.
Encomendar a la Relatoría actuante en el próximo ejercicio que retome las cuestiones tratadas en Considerando Decimocuarto e informe al respecto.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión surgida del Artículo Quinto -Considerando Sexto del Fallo N 10/2021 correspondiente al Ministerio de Seguridad - Ejercicio 2018, tratada en el Considerando Decimoquinto del presente, liberando de responsabilidad al señor Ignacio Gustavo GRECO.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto la reserva establecida Artículo Sexto - Considerando Séptimo del Fallo N 10/2021, correspondiente al Ministerio de Seguridad - Ejercicio 2018, conforme lo manifestado en el Considerando Decimosexto del presente, y aplicar a los señores Luis Enrique TORRES y Nieves Elisabet MELARAGNO las sanciones determinadas en el considerando Vigesimoquinto y resueltas en el Artículo Tercero del presente. Encomendar a la Relatoría actuante en el próximo ejercicio que retome la presente cuestión e informe al respecto. Informar a las autoridades de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa que deberán dar cumplimiento de lo dispuesto en dicho Considerando.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar sin efecto la reserva de $548.348,66 y asimismo mantener en reserva la suma de $226.253,06, proveniente del Artículo Octavo - Considerando Noveno del Fallo N 10/2021, con los alcances fijados en el Considerando Decimoséptimo del presente Fallo. Declarar que los señores Ignacio Gustavo GRECO, Luis Enrique TORRES, Jorge Ítalo RICOTTA, Oscar Raúl MORAD y las señoras Ana Laura FERRER, Claudia Lorena SANTOS no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga. Encomendar a la Relatoría actuante en el próximo ejercicio que retome la presente cuestión e informe al respecto. Informar a las autoridades de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa que deberán dar cumplimiento de lo dispuesto en dicho Considerando.
ARTÍCULO NOVENO: Mantener en reserva la suma de $361.293,20 proveniente del Artículo Noveno - Considerando Décimo del Fallo N 10/2021 y subsistente la responsabilidad de los señores Ignacio Gustavo GRECO y Luis Enrique TORRES, en concordancia con lo establecido en el Considerando Decimoctavo. Encomendar a la Relatoría actuante en el próximo ejercicio que retome la presente cuestión e informe al respecto.
ARTÍCULO DÉCIMO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre las cuestiones provenientes del Artículo Decimo Considerando Undécimo del Fallo N 10/2021, con los alcances fijados en el Considerando Decimonoveno, liberando de responsabilidad a los señores Ignacio Gustavo GRECO, Luis Enrique TORRES y Nieves Elizabet MELARAGNO.
Encomendar a la Relatoría actuante en el próximo ejercicio que retome la presente cuestión e informe al respecto. Informar a las autoridades de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa que deberán dar cumplimiento de lo dispuesto en dicho Considerando.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Mantener la reserva proveniente del Artículo Undécimo - Considerando Duodécimo del Fallo N
10/2021 y subsistente la responsabilidad de los señores Alejandro Santiago GRANADOS, Fernando Miguel DI MATTEO, de acuerdo a lo expresado en el Considerando Vigésimo del presente Fallo. Liberar de responsabilidad a los señores Cristian Adrián RITONDO e Ignacio Gustavo GRECO conforme lo indicado en el Considerando Vigésimo del presente Fallo.
Encomendar a la Relatoría que en el estudio de las cuentas correspondientes al próximo ejercicio, retome la presente cuestión e informe al respecto. Informar a las autoridades de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa que deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en dicho Considerando.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Dejar constancia sin otros alcances y dejar sin efecto la reserva proveniente del Artículo Duodécimo - Considerando Decimotercero del Fallo N 10/2021, de acuerdo a lo expresado en el Considerando
SECCIÓN OFICIAL > página 83

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/09/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha16/09/2022

Nro. de páginas142

Nro. de ediciones3386

Primera edición02/07/2010

Ultima edición04/06/2024

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