Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/03/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 28 de marzo de 2022

ARTÍCULO QUINTO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión tratada en el Considerando Tercero inciso 1, con los alcances allí expuestos, liberando de responsabilidad al Contador Municipal Jorge Gregorio CORDOBA, al Secretario de Gobierno y Hacienda Marcelo Eduardo AGRADI y a la Directora de Asesoría Letrada Juliana CUESTA.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a Walter Sergio TORCHIO, Omar Ángel FOGLIA, Jorge Gregorio CORDOBA, Christian Abel MASSONE, Vicente Rodolfo CAPRIOLI, Luis Alberto SERACI, Marcelo Eduardo AGRADI y Juliana CUESTA de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 108/9 cargos-pesos-CBU 0140999801200000010893, a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N
10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente Resolución al Relator actuante de la Vocalía Municipalidades A, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Carlos Casares.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento la presente Resolución que consta de nueve fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Sexto. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 16/12/2021
N de Expediente: 3-054.0-2019
Ente u Organismo: Municipalidad de General Villegas Ejercicio: 2019
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de General Villegas, Ejercicio 2019, acorde a lo expresado en el Considerando Séptimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en el Considerando Segundo incisos 3 y 5.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Primero, Segundo y Tercero y en base a la determinación efectuada en el Considerando Sexto aplicar Multa de $21.000,00 al Intendente Municipal Eduardo Lorenzo CAMPANA y de $21.000,00 a la Contadora Municipal Mariana Fernanda OCHOA y Amonestación al Tesorero Municipal Valentín FRANCISCO Artículo 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar el egreso a que hace referencia el Considerando Primero inciso 1 con formulación de cargo de $108.300,85 por el que deberán responder el Intendente Municipal Eduardo Lorenzo CAMPANA en solidaridad con la Contadora Municipal María Fernanda OCHOA Artículo 16 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTICULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en los Considerandos Segundo inciso 4 y Cuarto incisos 2, 3 y 4 y disponer que el Auditor Zonal y la Relatoría actuante tomen nota para informar en su próximo estudio. Declarar que los señores Ex Intendentes Horacio Daniel PASCUAL y Gilberto Oscar ALEGRE, Intendente Eduardo Lorenzo CAMPANA, Contadora Mariana Fernanda OCHOA, Tesorero Valentín FRANCISCO y el Secretario de Gobierno a cargo de la Dirección de Asuntos Jurídicos Guillermo Martín GROSSO no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H.
Tribunal de Cuentas, no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre las cuestiones tratadas en el Considerando Cuarto incisos 1 y 5 liberando de responsabilidad al Intendente Municipal Eduardo Lorenzo CAMPANA, al ex Intendente Municipal Gilberto Oscar ALEGRE, a la Contadora Mariana Fernanda OCHOA y al Secretario de Gobierno a cargo de la Dirección de Asuntos Jurídicos Guillermo Martín GROSSO.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar constancia del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas en el ejercicio anterior conforme lo expresado en el Considerando Séptimo.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Eduardo Lorenzo CAMPANA, Gilberto Oscar ALEGRE, Mariana Fernanda OCHOA, Valentín FRANCISCO, Guillermo Martín GROSSO y Horacio Daniel PASCUAL, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos y fijarles a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales N 1.865/4 multas-pesos-CBU 0140999801200000186543 y/o Nº 108/9 cargos-pesos-CBU
0140999801200000010893, ambas la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires-CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a éste Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente Resolución al Relator actuante de la Vocalía Municipalidades A, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de General Villegas.

SECCIÓN OFICIAL > página 90

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/03/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha28/03/2022

Nro. de páginas145

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición31/05/2024

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