Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/06/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 11 de junio de 2021

Quinto. Fírmese, Cumplido, archívese.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 3-013.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Bolívar Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Bolívar, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Duodécimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos Segundo, Tercero, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo y en base a la determinación efectuada en el Considerando Décimo aplicar Multa de $11.000,00 al Intendente Municipal Marcos Emilio PISANO, Amonestación al el Jefe de Compras Marcos Ramón Alfredo RUIZ y Llamado de Atención al Contador Municipal y Órgano Rector de los Sistemas de Contabilidad Marcelo Antonio DAloia; a la Secretaria de Hacienda y Gobierno - Órgano Responsable del Macrosistema Integrado de la Administración Gisela Jazmín Romera y al Director de Obras Públicas y Sanitarias Lucas EZCURRA Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Cuarto y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo de $115.163,96, por el que deberán responder, el Intendente Municipal Marcos Emilio PISANO, en solidaridad con la Contadora Municipal Lucía ANE y el Director de Recursos Humanos Gustavo Horacio MORALES.
Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre la materia tratada en el Considerando Noveno, y disponer que la Relatoría Zonal y la División Relatora tomen debida nota para informar en su próximo estudio. Declarar que el Intendente Municipal Eduardo Luján Bucca, el Contador Marcelo Antonio Daloia, la Directora de Recursos Humanos Mariana Soledad Eldi y la Agente Sonia Esther Cuyer; alcanzados por la reserva detallada, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Formular las recomendaciones y/o propuestas de mejora resultantes del presente ejercicio que se indican en el Considerando Undécimo y encomendar a la Delegación Zonal su seguimiento e informe en el próximo estudio de cuenta.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a Eduardo Luján Bucca, Marcos Emilio PISANO, Marcelo Antonio DAloia, Gisela Jazmín Romera, Mariana Soledad Eldi, Sonia Esther CUYER, Lucas EZCURRA, Marcos Ramón Alfredo RUIZ, Lucía ANE y Gustavo Horacio MORALES; de lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU
0140999801200000186543 y Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H.
Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia a la Relatora de la Vocalía Municipalidades A, a la Municipalidad de Bolívar y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016
del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la presente resolución que consta de trece fojas;
publíquese en el Boletín Oficial, y en la página electrónica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar éste Expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Sexto. Fírmese, Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo 10/09/2020
N de Expediente: 4-016.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Campana Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de CAMPANA, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el considerando décimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia en la Resolución de los incumplimientos abordados en los considerandos segundo apartados a, d y e y cuarto apartado a parte pertinente, sin otros alcances y de las recomendaciones formuladas en el considerando octavo.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los considerandos segundo apartados b, c, f. 1, f. 2, f. 3, f. 4
y g parte pertinente y tercero apartados 3. 1 y 3. 2 y en base a la determinación efectuada en el considerando noveno aplicar multade $12.000,00 al Intendente Municipal Sebastián ABELLA, sendas amonestaciones al Contador Municipal Carlos Santiago CASTRO, al Subsecretario de Ingresos Públicos Ignacio Javier IBAR, al Director de Fiscalización Tributaria y Responsable del Sistema de Ingresos Públicos Marcelo Daniel ELCUJ, al Director de Compras Bernardo GARDON y al Director de Compras Guillermo Miguel FRANCIA yun llamado de atención a la Secretaria de Modernización del Estado Marina Gabriela SANCHEZ Artículo 16 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.

SECCIÓN OFICIAL > página 99

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/06/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha11/06/2021

Nro. de páginas110

Nro. de ediciones3383

Primera edición02/07/2010

Ultima edición30/05/2024

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