Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2020 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 01 de septiembre de 2020

SECCIÓN OFICIAL
Decretos GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N 703/2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 24 de Agosto de 2020
VISTO el expediente N EX-2020-14700274-GDEBA-SSLYTSGG, mediante el cual se propicia crear el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA, con el objeto de compilar y difundir textos digitales de contenido normativo y documental, y CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional, a través de los artículos 1º y 33, establece para su gobierno la forma representativa, republicana y federal;
Que la publicidad de los actos de gobierno resulta esencial al sistema republicano de gobierno y constituye un principio y derecho fundamental de la ciudadanía, siendo el conocimiento del derecho por parte de los y las habitantes una de las bases que sustentan el Estado de Derecho;
Que, asimismo, a través del artículo 75 inciso 22 de la carta magna, se incorporan con jerarquía constitucional diversos tratados internacionales de derechos humanos que se entienden complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos, los cuales establecen el deber de dar publicidad de los actos de gobierno y el derecho acceso a la información pública acorde a un Estado democrático y de Derecho;
Que, en particular, el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece la obligación positiva en cabeza del Estado de permitir a la ciudadanía acceder a la información que está en su poder;
Que, en ese orden de ideas, la Ley Nacional Nº 27.275 tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promoviendo la participación ciudadana y la transparencia de la gestión estatal;
Que, a su turno, el artículo 12 inciso 4 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires garantiza a los ciudadanos y las ciudadanas el derecho a la comunicación y a la información;
Que, en ese sentido, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires ha definido entre sus políticas prioritarias la democratización de la Administración Pública, entendida como la realización de todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a la ciudadanía y organizaciones de la Sociedad Civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública;
Que el Decreto Nº 2704/05 creó el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires SINBA con el fin de dar mayor difusión a los textos normativos;
Que el mencionado decreto, designó como autoridad de aplicación a la Secretaria General de la Gobernación asignando, a su vez, varias competencias al Ministerio de Gobierno;
Que el aludido sistema no llegó a operativizarse, debido a múltiples dificultades, entre ellas, la diversificación de competencias en diferentes jurisdicciones y los múltiples actores intervinientes en cada una de las etapas del procedimiento reglado;
Que, por otro lado, la Ley N 14.828 -reglamentada por el Decreto Nº 1018/16- estableció como propósito llevar adelante un proceso de modernización del Sector Público Provincial;
Que, en pos de una mayor transparencia de los actos de gobierno, uno de los objetivos primordiales de esta gestión es la difusión no sólo normativa, sino de todos aquellos actos y documentos por medio de los cuales el Estado provincial lleva adelante su cometido y, para ello, se requieren herramientas más eficientes, que brinden a la ciudadanía una mayor disponibilidad de la información;
Que, asimismo, la Ley N 15.164 estableció en su artículo 14 entre las funciones comunes de las/os Ministras/os Secretarias/os, la de facilitar el ejercicio del derecho a la información previsto en la Constitución de la Provincia y asegurar la transparencia en la función pública, difundiendo la información sobre la utilización de los recursos y el estado del gasto en el ámbito de su jurisdicción;
Que, en ese orden de ideas, por medio del artículo 33 de la Ley N 15.164, se asignó a la Secretaria General la función de entender en lo atinente a la publicación de los actos administrativos y judiciales emanados de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los organismos oficiales nacionales, provinciales y municipales, entes autárquicos y descentralizados y de las entidades particulares, que respondan a exigencias reglamentarias;
Que, en consecuencia, a través del Decreto N 4/2020, se otorgó a la Dirección Provincial de Boletín Oficial y Ordenamiento Normativo la función de conformar y actualizar, en forma permanente, la base de datos de normativa provincial que constituye el Registro Oficial, coordinando las acciones para el acceso, la consulta y la difusión de legislación bonaerense en el marco del sistema de información jurídico-legal;
Que, con las nuevas facultades asignadas a la Secretaría General, la dispersión de competencias y el dispendio de actividades aludidas previamente, han sido recientemente superadas, lo que motiva una modificación en el procedimiento y por ende de la normativa vigente;

SECCIÓN OFICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2020 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha01/09/2020

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones3371

Primera edición02/07/2010

Ultima edición14/05/2024

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