Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/11/2019 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 11 de noviembre de 2019

ARTÍCULO 2. Trasladar en la Jurisdicción 13, Ministerio de Agroindustria, a partir de la fecha de notificación de la presente, a la Dirección de Desarrollo del Delta, Bosques y Forestación al agente Omar Enrique ATORINO DNI. Nº 13.087.521 - Clase 1959, conjuntamente con su cargo de revista del Agrupamiento Personal Profesional, Código 5-0000XIII-4, Inicial Ingeniero, Categoría 9, con un régimen horario de cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor en la Chacra Experimental Carhué dependiente de la Subsecretaría de Calidad Agroalimentaria y Uso Agropecuario de los Recursos Naturales, de conformidad con las previsiones del artículo 24 de la Ley Nº 10.430, Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96 y su reglamentación aprobada mediante Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 3. La Dirección General de Administración del Ministerio de Agroindustria gestionará ante la Dirección Provincial de Relaciones Laborales las modificaciones en los Planteles Básicos a que hubiere lugar en virtud de la medida que por la presente se adopta.
ARTÍCULO 4. Registrar, comunicar dentro de los diez 10 días posteriores a su dictado, a la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Leonardo Sarquis, Ministro
RESOLUCIÓN Nº 247-MAGP-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 4 de Noviembre de 2019
VISTO: la Ley Nacional N 18.284; las Leyes Provinciales N 13.230, N 11.123 sus Decretos reglamentarios N 2683/93 y N 2464/97, Ley N 14.989; el Decreto Nacional N 815/99, los Decretos Provinciales N 1.292/18, N 1708/18, el expediente N EX-2019-32817088-GDEBA-UCALIMAGP, y CONSIDERANDO:
Que la provincia de Buenos Aires, mediante la Ley N 13.230, adhiere a la Ley Nacional N 18.284 Código Alimentario Argentino, con la expresa reserva de no menoscabar aquellas facultades no delegadas por la Provincia a la Nación en materia alimentaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103 inciso13 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Que en los fundamentos de la ley de adhesión, se observa que lo dispuesto en el Código Alimentario Argentino era aplicado en la práctica, en forma previa a su sanción, y que la adhesión formal respondió a fortalecer la legislación provincial en materia sanitaria, teniendo en miras la finalidad de salvaguardar la vida de sus habitantes, adecuándose a nuevos estándares actualizados y dándole un marconormativo de mayor vigor;
Que en el Capítulo V del Anexo I del Decreto reglamentario N 2126/71, sobre las Normas para la Rotulación y Publicidad de los Alimentos, cuál es la información básica obligatoria y como debe ser su presentación, a la hora de rotular un producto alimenticio envasado;
Que en los Capítulos VI sobre Alimentos Cárneos y Afines y VII de los Alimentos Grasos y Aceites Alimenticios del Anexo I
del Decreto reglamentario N 2126/71, definen la clasificación, denominación, composición, límites de aditivos y otros ingredientes, consideraciones de elaboración, características organolépticas y parámetros físicos, químicos y microbiológicos de los productos y subproductos cárneos y grasas de origen animal;
Que mediante el Decreto Nacional N815/99 se establecen las competencias en materia Alimentaria de las Autoridades Sanitarias Nacionales y Provinciales, otorgando al SENASA, entre otras, la facultad de fiscalizar y registrar establecimientos, productos y subproductos derivados de origen animal que posean tránsito federal;
Que en ese sentido, la Ley Provincial Sanitaria de Carnes N 11.123 y sus Decretos reglamentarios N 2683/93 y N
2464/97 establecen la obligatoriedad de contar con la habilitación sanitaria del establecimiento y de los productos, subproductos o derivados de origen animal que se elaboren y/o comercialicen dentro del ámbito territorial de la provincia de Buenos Aires, otorgada por el Organismo Provincial Competente, dotando a dicho proceso de la seguridad jurídica para el desarrollo óptimo de las actividades;
Que ante la necesidad de poder verificar la trazabilidad como herramienta de control sanitario de los productos Chacinados Embutidos Frescos, Secos y Cocidos, Chacinados No Embutidos Frescos y Cocidos, de Salazones y Grasas, Sebos y Margarinas de Origen Animal que se elaboren, fraccionen y/o comercialicen dentro de la Provincia de Buenos Aires, es necesario establecer un Registro Provincial de los productos mencionados;
Que la Ley Nº 14.989 en su artículo 13, apartado 2, inciso c establece como competencia del Ministerio de Agroindustria Dictar resoluciones en lo que concierne al régimen económico y administrativo de su jurisdicción;
Que por medio del Decreto N 1.292/18, se establecieron las competencias de la Subsecretaría de Calidad Agroalimentaria de los Recursos Naturales del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires entre las que se encuentran la de elaborar y coordinar planes, programas y proyectos que contribuyan a la mejora, unificación y simplificación de estrategias y normativas higiénico-sanitarias y bromatológicas de los agroalimentos;
Que por medio del Decreto N 1.708/18 modificatorio del Decreto N 1292/18 se creó la Unidad de Coordinación de Alimentos UCAL, entre cuyas misiones y funciones están las de registrar e inscribir productos alimenticios para asegurar la trazabilidad de la cadena alimentaria, fortalecer la prevención de incidentes alimentarios en la población y garantizar la inocuidad de los alimentos destinados a consumo humano;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno;
Por ello, QUE EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY N 14.989
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE

SECCIÓN OFICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/11/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha11/11/2019

Nro. de páginas89

Nro. de ediciones3388

Primera edición02/07/2010

Ultima edición06/06/2024

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