Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/11/2019 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 01 de noviembre de 2019

SECCIÓN OFICIAL
Decretos DECRETO N 1384-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 25 de Octubre de 2019
VISTO el expediente Nº 2914-16703/17 del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual se gestiona el cese por incapacidad laboral de la agente Silvia Fernanda CASTRO, a partir del 5 de julio de 2018, y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Salud Ocupacional, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, dictaminó el 11 de septiembre de 2017, que la agente involucrada cuenta con un grado de incapacidad psicofísica de setenta y uno con treinta y uno por ciento 71,31;
Que la Dirección de Planificación y Control de Gestión, dependiente del Instituto de Previsión Social, otorgó el 4 de julio de 2018 a la causante, una incapacidad laboral, total y permanente del setenta por ciento 70%;
Que la Dirección de Sumarios del Ministerio de Trabajo, informó que la agente no posee actuaciones sumariales en trámite;
Que la Ley N 14.070 establece que vencidos los plazos correspondientes a licencias por enfermedad o accidente, los agentes públicos de la provincia de Buenos Aires, cualquiera sea el régimen estatutario al que pertenezcan, tendrán derecho a continuar percibiendo sus haberes y a mantener afiliación al Instituto de Obra Médico Asistencial, hasta tanto exista pronunciamiento de la junta médica provincial;
Que por lo expuesto, corresponde disponer el cese de Silvia Fernanda CASTRO a partir del 5 de julio de 2018, y dar por concedido a su favor el beneficio de la Ley N 14.070 entre el 11 de septiembre de 2017 y el 4 de julio de 2018;
Que la interesada revista en un cargo del agrupamiento personal administrativo, categoría 6, con un régimen de treinta 30
horas semanales de labor;
Que la Dirección de Recursos Humanos del Instituto de Obra Médico Asistencial certifica que la agente CASTRO registra una antigedad total de dieciocho años, ocho meses y tres días en la administración pública provincial;
Que por otra parte, procede el pago del importe correspondiente al sesenta por ciento 60% de su remuneración mensual, como adelanto de su jubilación, según lo estipulado en la Ley Nº 12.950, modificada por su similar Nº 13.547;
Que la gestión encuadra en el artículo 14 inciso d de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96 y en el artículo 49, apartado II del Decreto N 4161/96 reglamentario de la Ley Nº 10.430;
Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Disponer en la Jurisdicción 11412, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, Instituto de Obra Médico Asistencial, Dirección Regional San Isidro, a partir del 5 de julio de 2018, el cese en el cargo por incapacidad laboral, superior a los dos tercios de su capacidad psicofísica, de acuerdo con los dictámenes de junta médica obrantes en el presente, de la agente Silvia Fernanda CASTRO DNI. 26.294.877, Clase 1978, quien revista en el agrupamiento personal administrativo, categoría 6, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor, conforme lo establece el artículo 14
inciso d de la Ley Nº 10.430 Texto Ordenado Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2º. Dar por otorgado el beneficio legal establecido por la Ley N 14.070, entre el 11 de septiembre de 2017, fecha en que se realizó la junta médica de la Dirección de Salud Ocupacional, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, y el 4 de julio de 2018 inclusive, fecha en que dictaminó la Dirección de Planificación y Control de Gestión del Instituto de Previsión Social.
ARTÍCULO 3. Certificar en cumplimiento de lo establecido en los artículos 29 y 45 del Decreto Ley Nº 9650 Texto Ordenado Decreto N 600/94, que la agente cuyo cese se dispone en el artículo anterior, registra una antigedad de dieciocho 18 años; ocho 8 mes y tres 3 días de servicios computables a los fines jubilatorios en la administración pública provincial, que ha desempeñado como mejor cargo por un período de treinta y seis 36 meses consecutivos el del agrupamiento personal administrativo, categoría 6, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor.
ARTÍCULO 4. La Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales ante el IOMA, confeccionará la correspondiente certificación de servicios, que será entregada a la interesada al momento de la notificación de este acto, para ser presentada conjuntamente con copia de este último ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5. Autorizar a la Dirección de Finanzas del Instituto de Obra Médico Asistencial, a abonar a la agente citada el importe previsto en el artículo 1º de la ley Nº 12.950, texto según Ley Nº 13.547, equivalente al sesenta por ciento 60% de su remuneración mensual, hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional.

SECCIÓN OFICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/11/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha01/11/2019

Nro. de páginas87

Nro. de ediciones3366

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/05/2024

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