Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/08/2019 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 05 de agosto de 2019

que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Salud y al Director General de Administración del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del H.
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires esta resolución que consta de tres 3 fojas, firmarla en un ejemplar, reservar el expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Tercero.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Municipalidad de GENERAL PUEYRREDON - ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS Y RURALES EMSUR
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 28/03/2019
N de Expediente: 4-049.12-2017
Ejercicio: 2017
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de General Pueyrredón
ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS EMSUR, ejercicio 2017,acorde lo expresado en el considerando noveno.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia en la sentencia, sin otros alcances, del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundos, inciso 1 y 8; tercero, incisos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y quinto.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los considerandos segundo, incisos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 11; cuarto; quinto y sexto y en base a la determinación realizada en el considerando octavo, aplicar una multa de $
20.000,00 al Presidente del Ente Sr. Eduardo LEITAO, de $ 8.500,00 a la Contadora del Ente y Responsable de los Sistemas de Presupuesto y de Administración de Bienes Físicos Sra. María Laura MARASCHINI y de$ 9.000,00 al Intendente de la Municipalidad de General Pueyrredón Sr. Carlos Fernando ARROYO y sendas amonestaciones al Director de Personal Sr. Diego LÓPEZ, a la Tesorera del Ente Sra. Lía Teresa MARROCCO, al Jefe de Compras Sr. Facundo Martín BUENAVENTURA, al Jefe de Compras Sr. Oscar José Atilio ROSSI, al Director de Intendencia Sr. Adrián Ricardo CEDROLA, a la Directora del Cementerio Loma Sra. María Cristina GARIVOTTO, al Director del Cementerio Parque Sr.
Raúl Roberto EGUÍA, al Director de Gestión Ambiental Sr. Simón Salvador CAPARRÓS, al Director de Gestión de Residuos Sr. Fernando Omar MORIS, al Director de Espacios Públicos Sr. Roberto Antonio SACCO, al Jefe del Departamento Tesorería Sr. Alejandro DI MARIO, al Jefe del Departamento de Defensa Civil Sr. Alberto Rodolfo QUINTANA, al Jefe del Departamento Servicios Generales Sr. Emilio NIETO, al Jefe del Departamento de Espacios Verdes Sr. Rubén Darío DÍAZ, al Jefe del Departamento de Higiene Urbana Sr. Cristian Héctor Carlos PARRAGA, al Jefe de División Vivero Laguna de los Padres Sr. Jorge Ricardo GANDOLA, al Jefe del Departamento de Planificación Sr. Juan Antonio BAINO artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Disponer que las autoridades tomen debida nota de lo expresado en los considerandos segundo, inciso 8 y sexto.
ARTÍCULO QUINTO: Encomendar a la Delegación Zonal las verificaciones indicadas en el considerando tercero, incisos 1
y 6.
ARTÍCULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre la materia tratada en el considerando séptimo, inciso 2 y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que los Sres. Antonio Demetrio Gregorio COSTANTINO, Marcelo Jorge ARTIME, Facundo Martín BUENAVENTURA y Alejandro DI MARIO y las Sras. María Laura MARASCHINI, Liliana Mónica LIZARAZU y Lía Teresa MARROCCO, alcanzados por la reserva mencionada, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Organismo no se pronuncie concreta y definitivamente sobre el tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar sin efecto la reserva de ejercicios anteriores abordada en el considerando séptimo, inciso 1, eximiendo de responsabilidad sobre el tema a los Sres. Eduardo Pedro ABUD, Guillermo Mario DE PAZ y Eduardo LEITAO
y a la Sra. María Laura MARASCHINI.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a los Sres. y a las Sras. Eduardo LEITAO, María Laura MARASCHINI, Carlos Fernando ARROYO, Diego LÓPEZ, Lía Teresa MARROCCO, Facundo Martín BUENAVENTURA, Oscar José Atilio ROSSI, Adrián Ricardo CEDROLA, María Cristina GARIVOTTO, Raúl Roberto EGUÍA, Simón Salvador CAPARRÓS, Fernando Omar MORIS, Roberto Antonio SACCO, Alejandro DI MARIO, Alberto Rodolfo QUINTANA, Emilio NIETO, Rubén Darío DÍAZ, Cristian Héctor Carlos PARRAGA, Jorge Ricardo GANDOLA, Juan Antonio BAINO, Antonio Demetrio Gregorio COSTANTINO y Liliana Mónica LIZARAZU lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, un plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1.865/4 CBU
0140999801200000010893 a la orden del Señor Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas CUIT 30-665708825, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite, dentro del plazo señalado. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días, conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contenciosos administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la acción, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes, previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, lo manifestado en el
SECCIÓN OFICIAL > página 101

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/08/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha05/08/2019

Nro. de páginas135

Nro. de ediciones3389

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/06/2024

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