Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/01/2018 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LA PLATA, VIERNES 5 DE ENERO DE 2018
ANEXO

PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA
HOMICIDIO DE
DIEGO NÉSTOR FERNÁNDEZ SUÁREZ

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa entre la suma de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000,00 y PESOS CIENTO CINCUENTA MIL $ 150.000,00, de conformidad a lo previsto por en el Decreto N 2.052/98 y su modificatorio, a las personas que aporten información fehaciente que contribuya a esclarecer el homicidio de DIEGO NÉSTOR FERNÁNDEZ SUÁREZ, quien el día 13 de junio de 2008
siendo las 00:30 hs. fue encontrado sin vida en el interior de su vehículo marca Mazda dominio AIO 813 en la estación de Servicio Shell, sita en Avenida Calchaquí y Cavioto de la localidad de Quilmes con una herida de proyectil calibre 45 que penetró por cara externa del hombro izquierdo.
Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 4 del Departamento Judicial Quilmes IPP N PP 13-00-011797-08/00.
Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 4 del Departamento Judicial Quilmes sita en calle Yrigoyen 475, Quilmes, teléfono 011-4002-2600 interno 2615 o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas sita en calle 2 entre 51 y 53, La Plata, teléfonos 0221-429-3015 y 429-3091, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.
El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas, haciendo conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto N 2.052/98 y su modificatorio, de la Resolución Ministerial N 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD
C.C. 215.524

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2017-58-E-GDEBA-SSFIMEGP

LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves, 28 de diciembre de 2017

Referencia: Letras del Tesoro Registro contable como Deuda Pública VISTO el expediente Nº 2300-1213/17, por el cual se propicia la transformación en deuda pública de aquellas Letras emitidas en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2017 cuyo reembolso excede el ejercicio financiero 2017, las Leyes Nacionales Nº 25.917
y Nº 27.341, las Leyes Provinciales Nº 10.189, Nº 13.295, Nº 13.767 y Nº 14.879, los Decretos Nº 3260/08 y Nº 3264/08, las Resoluciones Nº 3/17, N108/17 E RESOL-2017-108-E-GDEBA-TGP y N109/17 E RESOL-2017-109-E-GDEBA-TGP del Tesorero General de la Provincia, la Resolución del Ministerio de Economía Nº 1/17, la Resolución del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía N 55/17 E RESOL-2017-55-E-GDEBASSFIMEGP y N56/17 E RESOL-2017-56-E-GDEBASSFIMEGP, las Resoluciones N 13/17 E RESOL-2017-13-APN-SECHMHA y N 130/17 E
RESOL-2017-130-APN-SECHMHA de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, y CONSIDERANDO:
Que, el artículo 76 de la Ley Nº 13.767 prevé la emisión de Letras del Tesoro con el fin de cubrir deficiencias estacionales de caja, por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General, facultando a la Tesorería General de la Provincia para la emisión de estos instrumentos;
Que, el artículo 35 de la Ley N 14.879 de Presupuesto para el Ejercicio 2017 fijó en la suma de pesos un mil quinientos millones $1.500.000.000
o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo para autorizar a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley Nº 13.767;
Que, asimismo, el citado artículo estableció que las mencionadas Letras podrán ser emitidas por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y cinco 365 días contados a partir de la fecha de su emisión, pudiendo su reembolso exceder el ejercicio financiero de emisión, debiendo en tales casos dar cumplimiento con los requisitos que establece el Título III de la Ley mencionada;
Que, adicionalmente, el artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N 10.189 por el artículo 61 de la Ley N 14.393
- con las modificaciones introducidas por la Ley N 14.552- autoriza a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley N 13.767, al sólo efecto de cancelar las Letras emitidas en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro del ejercicio anterior, por hasta la suma autorizada en dicho Programa;
Que, conforme a lo establecido por el artículo 76 inciso e del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el monto máximo de autorización para hacer uso del crédito a corto plazo que fije la Ley de Presupuesto para cada ejercicio fiscal, se afectará por el valor nominal en circulación;
Que, asimismo, el artículo 76 de la Ley Nº 13.767 establece que, en caso de exceder el reembolso de las Letras el ejercicio financiero de emisión, se transformarán en deuda pública, debiéndose, en este supuesto, dar cumplimiento a los requisitos que al respecto se prescriben en el Título correspondiente al Subsistema de Crédito Público;
Que, en función de las autorizaciones otorgadas por el artículo 35 de la mencionada Ley N 14.879 y del artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N 10.189 por el artículo 61 de la Ley N 14.393 - con las modificaciones introducidas por la Ley N 14.552 -, mediante Resolución N 3/17 y su modificatoria N 108/17 E RESOL-2017-108-E-GDEBA-TGP ambas del Tesorero General de la Provincia, se creó el Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2017 por un monto máximo de hasta valor nominal pesos ocho mil cuatrocientos ochenta y seis millones VN $8.486.000.000 o su equivalente en moneda extranjera, el cual establece los términos generales del mismo;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro en cada oportunidad;
Que, mediante la Resolución N 55/17 E RESOL-2017-55-E-GDEBA-SSFIMEGP del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía se establecieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro correspondiente al duodécimo Tramo del Programa citado y asimismo, por medio de la Resolución N 56/17 E RESOL-2017-56-E-GDEBASSFIMEGP del referido Subsecretario se autorizó a Provincia Bursátil S.A. para realizar los actos operativos necesarios en dicha emisión;
Que, en ese contexto, a través de la mencionada Resolución N55/17 E se dispusieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro a sesenta y tres 63 días, noventa y un 91 días y ciento diecinueve 119 días, emitidas por los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución N109/17 E RESOL-2017109-E-GDEBA-TGP de la Tesorería General de la Provincia, por un monto de valor nominal pesos un mil ochocientos treinta y ocho millones cuatro mil VN $ 1.838.004.000 de valor nominal pesos cuatrocientos setenta y un millones trescientos cinco mil seiscientos VN $ 461.305.600 y de valor nominal pesos veinticuatro millones VN $ 24.000.000 respectivamente;
Que; mediante el artículo 11 de la Resolución del Ministerio de Economía N 1/17, han sido delegadas en la Subsecretaría de Finanzas las competencias que le fueran conferidas a este Ministerio mediante los artículos 35 de la Ley Nº 14.879 y el artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N 10.189 por el artículo 61 de la Ley N 14.393 - con las modificaciones introducidas por la Ley N 14.552 y del artículo 76
incisos a, d e i del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08;
Que, atento a que el reembolso de dichas Letras excede el Ejercicio financiero 2017, se estima pertinente en esta instancia propiciar el registro contable de las mismas como deuda pública;

SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 240

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/01/2018 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha05/01/2018

Nro. de páginas45

Nro. de ediciones3387

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/06/2024

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