Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/02/2013 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OfICIAL

Provincia de Buenos Aires TESORERÍA GENERAL
Resolución N 34/13

LA PLATA, MARTES 19 DE FEBRERO DE 2013

PÁGINA 1395

Por ello, EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
La Plata, 14 de febrero de 2013.

VISTO la Resolución Nº 14/13 del Ministerio de Economía, por la que se aprueban los términos y condiciones para la emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2013, las Leyes Nº 13.767 y 14.393, los Decretos Nº 3.260/08 y 3.264/08, la Resolución Nº 276/12
de la Tesorería General de la Provincia, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de la Ley Nº 13.767 otorga a la Tesorería General de la Provincia la facultad de emitir Letras del Tesoro con la finalidad de cubrir deficiencias estacionales de caja por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;
Que el artículo 43 de la Ley Nº 14.393 de Presupuesto del Ejercicio 2013 fijó en la suma de Pesos tres mil millones $3.000.000.000 o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo de autorización para la emisión de Letras del Tesoro;
Que el artículo 61 de la Ley Nº 14.393 incorpora a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 10.189 Texto Ordenado según Decreto Nº 4.502/98 y sus modificatorias, un artículo por el que se autoriza a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley Nº 13.767, al solo efecto de cancelar las Letras emitidas en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires del Ejercicio anterior por hasta la suma autorizada para dicho Programa;
Que en virtud de las autorizaciones otorgadas por los artículos 43 y 61 de la mencionada Ley N 14.393, se aprobó por Resolución N 276/12 de Tesorería General de la Provincia, un Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2013, que cuenta con un cronograma y establece los términos generales del mismo, por un monto máximo de hasta Valor Nominal pesos cinco mil quinientos noventa y ocho millones cuatrocientos cincuenta mil VN $5.598.450.000 o su equivalente en moneda extranjera;
Que en particular el inciso i del artículo 1º de la Resolución Nº 276/12 establece que el régimen de colocación podrá realizarse mediante licitación pública o suscripción directa;
Que por Resoluciones Nº 10/13 y 22/13 de la Tesorería General de la Provincia se emitieron los dos primeros tramos del Programa por un monto total de Valor Nominal pesos un mil ciento cincuenta y un millones quinientos sesenta y siete mil VN
$1.151.567.000;
Que a la fecha no se ha efectivizado el rescate de las mismas;
Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos un mil ciento cincuenta y un millones quinientos sesenta y siete mil VN $1.151.567.000;
Que el inciso e del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;
Que el artículo 43 de la Ley Nº 14.393 determina que para el caso que el plazo de reembolso de las Letras que se emitan excedan el ejercicio financiero, se transformarán en Deuda Pública, para ello corresponderá cumplir con los requisitos fijados en el Título III de la Ley Nº 13.767, ello en concordancia con lo previsto en el artículo 76 in fine de la Ley Nº 13.767;
Que el inciso a del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello mediante la Resolución Nº 14/13 del Ministerio de Economía, se han establecido los términos y condiciones para la Emisión de Letras del Tesoro por un monto de hasta Valor Nominal pesos cincuenta millones VN $50.000.000;
Que en particular el artículo 1º de la Resolución Nº 14/13 del Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a cuarenta y un 41 días con vencimiento el 27 de marzo de 2013, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones VN $20.000.000;
Que asimismo el artículo 2º de la Resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a noventa y un 91
días con vencimiento el 16 de mayo de 2013, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones VN $20.000.000;
Que el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento setenta y cinco 175 días con vencimiento el 8 de agosto de 2013, por un monto de hasta Valor Nominal pesos diez millones VN $10.000.000;
Que conforme al artículo 6º de la Resolución antes mencionada, la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público informó a esta Tesorería General los montos suscriptos conforme a los artículos 1º, 2º y 3º mencionados precedentemente;
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito colectivo administrado por la Caja de Valores Sociedad Anónima, en su calidad de entidad depositaria conforme lo establecido por la Ley Nº 20.643;
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del límite establecido en la Ley Nº 14.393 de Presupuesto para el Ejercicio 2013;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13.767 y 14.393 y el Decreto Nº 3.260/08.

ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cuarenta y un 41 días con vencimiento el 27 de marzo de 2013, a ser suscriptas en forma directa, por un importe de Valor Nominal pesos diecinueve millones ochocientos once mil VN $19.811.000 de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a Denominación: Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cuarenta y un 41 días con vencimiento el 27 de marzo de 2013.
b Moneda de emisión y pago: Pesos.
c Integración: Pesos.
d Fecha de suscripción, emisión y liquidación: 14 de febrero de 2013.
e Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos diecinueve millones ochocientos once mil VN $19.811.000.
f Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil VN $1.000.
g Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
h Precio de suscripción: noventa y ocho con cero setecientos veintidós por ciento 98,0722 % de su Valor Nominal.
i Plazo: cuarenta y un 41 días.
j Vencimiento: 27 de marzo de 2013.
k Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo NaciónProvincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12.888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m Régimen de colocación: suscripción directa.
n Forma de liquidación: a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
o Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
p Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
q Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
r Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
s Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
t Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
u Legislación aplicable: Argentina.
v Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un 91 días con vencimiento el 16 de mayo de 2013, a ser suscriptas en forma directa por un importe de Valor Nominal pesos diecinueve millones ochocientos once mil VN $19.811.000 de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a Denominación: Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un 91 días con vencimiento el 16 de mayo de 2013.
b Moneda de emisión y pago: Pesos.
c Integración: Pesos.
d Fecha de suscripción, emisión y liquidación: 14 de febrero de 2013.
e Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos diecinueve millones ochocientos once mil VN $19.811.000.
f Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil VN $1.000.
g Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
h Precio de suscripción: noventa y cinco con seis mil cuatrocientos ochenta por ciento 95,6480% de su Valor Nominal.
i Plazo: noventa y un 91 días.
j Vencimiento: 16 de mayo de 2013.
k Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo NaciónProvincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12.888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m Régimen de colocación: suscripción directa.
n Forma de liquidación: a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
o Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
p Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
q Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
r Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes, a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
s Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
t Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/02/2013 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha19/02/2013

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones3389

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/06/2024

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