Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 05 de abril de 2022

ello, el Art. 438 CCCN exige como condición para dar curso a la acción, la formulación de una propuesta reguladora de los efectos del divorcio, la cual ha sido acompañada en autos. A su vez dicho artículo establece que, en ningún caso la falta de acuerdo suspenderá el dictado de la sentencia. Agregando que si existen desacuerdos sobre los efectos del divorcio, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto por la ley local. En consecuencia entiendo que corresponde hacer lugar a la petición incoada y decretar el divorcio de Marcela Alejandra Gonzalez y Luis Eduardo Fernandez, en los términos previstos por los Art. 437 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, con efecto retroactivo a la fecha en que han quedado firme la notificación mediante la publicación de edictos Art.
480 CCCN. Por ello, citas legales y demás fundamentos Arts. 34 inc. 4º y 163 inc. 6º del C.P.C., Fallo: Primero Decretar el divorcio vincular de los cónyuges Marcela Alejandra Gonzalez y Luis Eduardo Fernandez, y declarar disuelto el vínculo matrimonial de las partes, con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento, retroactivo al día 3 de junio de 2021, conforme lo establece el Art. 480 y ccs. del Código Civil y Comercial. Segundo. Tener por cumplido con lo establecido en el Art. 438 CCCN. Tercero Imponer las costas en el orden causado Art. 68 del CPCC. Cuarto Regular los honorarios de la profesional actuante, conforme la naturaleza de la cuestión que se ventila, calidad jurídica de la labor desarrollada, complejidad del asunto, resultado obtenido, y principios de razonabilidad, proporcionalidad y las reglas de la sana crítica, en los términos de los Art. 15 y 16 de la Ley 14.967 y Art. 163 inc. 5 y 8 del CPCC, en favor de la Dra. Noelia Jeanette Sotomayor T II F 292 CAMGR CUIT N 27-36635835-3 en la suma de Cuarenta Jus 40 Jus por el divorcio conf. Arts. 1, 9, 14, 15, 16, 45 y cc. De la Ley 14.967 y Art. 163 CPCC con más el aporte legal del 10%. Art. 12 inc. a Ley 6716 Quinto Regístrese. Notifíquese personalmente o por cédula a las partes y a la Sra. Agente Fiscal. Sexto Oportunamente, líbrese oficio al Registro de Estado Civil de las Personas, previo cumplimiento del Art. 21 de la ley arancelaria, expídase testimonio y copia certificada para la inscripción de la presente". Fdo. María Alejandra Galati. Juez.
Otro auto. "Moreno 4 de febrero del 2022: en atención a lo solicitado y teniendo en cuenta las constancias de autos, a fin de notificar la sentencia de divorcio notifíquese mediante edictos a Luis Eduardo Fernandez DNI N 22.883.441 lo dispuesto con fecha 24 de septiembre de 2021, los que deberán publicarse por cinco días en el Boletín Oficial y en el diario La Acción de Moreno. Hágase saber que deberá transcribir la presente providencia y el link de acceso a la documental, como así también dejar constancia en los mismos que se encuentran exentos del pago de aranceles debiendo remitir copia de las publicaciones". Fdo. Maria Alejandra Galati. Juez. Link de acceso a documental: http docs.scba.gov.ar/Documentos?
nombre=4c66c720-2cd7-4e40-bd589600d62320f7&hash=A1AAFC82204DFE811B652D43D7CE8C62&nombrepath=documental.pdf. Muñoz Gonzalo Adrían, Auxiliar Letrado.
mar. 30 v. abr. 5
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, a cargo del Juzgado en lo Correccional Número 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Ignacio M. Del Castillo -cita y emplaza a RODRIGO EMANUEL MARIÑO, para que en el término de 5 días comparezca a estar a derecho en la causa Nº 04-13002-20 caratulada "Mariño Rodrigo Emanuel s/Amenazas, Lesiones Leves, Daño -9949- ", cuya resolución se transcribe: "JS mas de Zamora, 23 de marzo de 2022. Atento a la incomparecencia del imputado Rodrigo Emanuel Mariño la imposibilidad de ubicar al mismo para notificarlo en autos, en virtud de lo informado a fs. 59/vta., mas lo manifestado por la Defensa a fs. 62/63. Cíteselo por medio de edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el Art. 129 del C.P.P. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía". Fdo. Dr. Ignacio M. del Castillo, Juez. Secretaría, 23 de marzo de 2022. Ma. Fernanda Conde. Auxiliar Letrado.
mar. 30 v. abr. 5
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Isabel Ación, emplaza por el plazo de 5 cinco días a JEREMÍAS NAHUEL SEQUEIRA sin apodo referido, de nacionalidad argentina y 18 años, nacido el día 6 de febrero de 2003 en Monte Grande, titular del DNI Nº 44.601.261, hijo de Carla Cristina Cañete v -se desconoce información respecto al progenitor-, de estado civil soltero, con instrucción básica completa, sin ocupación y con domicilio en Juan Lavalleja, fila 1, casa 2, del barrio "Mi Primavera", de la localidad de González Catán, a estar a derecho y presentarse en la sede de este Juzgado en el plazo de 5 días, sito en la calle Talcahuano Nº 278, 1º piso de la localidad de Banfield, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde. Para mayor ilustración se transcribe el proveído que así lo ordena: mas de Zamora, En consecuencia, no habiéndose consignado nuevos datos a fin de dar con Sequeira, en razón de ignorarse su domicilio de conformidad con lo normado en el Art. 129
del C.P.P, corresponde emplazarlo por 5 cinco días a estar a derecho debiendo presentarse en la sede de este Organismo, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde. A tales efectos, líbrense Edictos y publíquense electrónicamente en el Boletín Oficial por el plazo de 5 días Fdo. Isabel Ación. Juez. Rigueiro Liliana Edith. Auxiliar Letrado.
mar. 30 v. abr. 5
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en el P.P. Nº 03-00-4146-16/01 caratulado "Beron Pintos Ramón Orbe s/Encubrimiento", de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 Dptal., a cargo del Dr. Gastón Giles, Secretaría Única a cargo del Dr. Mauricio O. Diaz, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido BERON PINTOS RAMÓN ORBE cuyo último domicilio conocido eran jurisdicción de C.A.B.A, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores,10 de noviembre de 2021. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: Sobreseer totalmente al imputado Beron Pintos Ramón Oribe, DNI N
94.823.397, apodado "Coco", casado, nacido el día 13 de octubre de 1954 en Montevideo, Uruguay, hijo de Oribe y de Blanca Idelma Pintos, domiciliado en calle 20 de Septiembre N 332 de Capital Federal; en orden al delito de Encubrimiento, por haberse Extinguido La Acción Penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59 inc.
3, 62 inc. 2 en rel. al Art. 277 inc. 1 ap b todos del C.P. y 323 inc. 1 del C.P.P. Registrese. Notifíquese Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 24 de marzo de 2022 Autos y Vistos: Por recibidas las actuaciones que anteceden provenientes del Juzgado nacional de Rogatorias en el marco del P.P. Nº 03-004146-22, que dan cuenta que Beron Pintos Ramón Orbe, no ha sido hallado en el domicilio denunciado en autos, ni es conocida en el lugar según lo informado precedentemente, corresponde proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin que Beron Pintos Ramón Orbe sea debidamente notificado del auto que dispuso su
SECCIÓN JUDICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha05/04/2022

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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