Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/09/2020 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de septiembre de 2020

Edictos POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la Sra. MARTEL COLONNA, VANINA SUSANA en causa nro. 16992 seguida a Weber Cristian Omar por el delito de Desobediencia la Resolución que a continuación de transcribe: ñor Juez: Cumplo en informar a V.S. que en la presente causa se condenó al causante Weber Cristian Omar a la pena de Dos 2 Meses de Prisión en Suspenso por el delito de Desobediencia en dos hechos impuesta por sentencia de fecha 6 de julio de 2020, y que a los efectos de lo previsto en el primer párrafo del Art. 27 del C P, dicha pena se tendrá como no pronunciada el día 6
de julio de 2024; en cuanto a lo establecido en el Art. 27 del C.P. segundo párrafo caducará a todos sus efectos el día 6 de julio de 2028 para el primero de los supuestos y el día 6 de julio de 2030 en caso que ambos delitos fuesen dolosos segundo de los supuestos.- Habiendo quedado firme la sentencia de mención el 27 de julio de 2020, por lo que las reglas de conducta vencen el 27 de julio de 2022. Es todo cuanto puedo informar a V.S. Secretaría, 18 de agosto de 2020.- Fdo.
María Luisa del Papa, Secretaria". del Plata, 18 de agosto de 2020- Autos y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. Ley 12.256 reformada por Ley 14.296, Arts. 221 y ssts., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: a Tómese nota en los libros de Secretaría de los vencimientos informados por el Sr. Actuario precedentemente, notifíquese a las partes Art. 500 CPP. c Solicítese un doble juego de fichas dactiloscópicas del imputado de autos, a tal fin líbrese oficio; d Líbrese oficio al Patronato de Liberados haciendo conocer las reglas impuestas a los fines de su control y la fecha de vencimiento de las mismas.- e Notifíquese al causante que deberá ajustar su conducta hasta el día 27 de julio de 2022, tendiente al cumplimiento de las siguientes reglas oportunamente impuestas: 1 mantener el domicilio fijado; 2 someterse al contralor del Patronato de Liberados Bonaerense; 3 Prohibición de Acercamiento respecto de la Persona de Vanina Susana Colonna Martel, de su Domicilio, Lugar de Trabajo, Esparcimiento o donde fuere que la misma se encuentre, siendo la Prohibición tanto Personal como a través de cualquier medio Tecnológico telefónico, Mensajes, Redes Sociales, Etc.. El cumplimiento de dichas reglas se llevará a cabo mediante el Patronato de Liberados Provincial, a través de la Delegación correspondiente a su domicilio, quedando bajo responsabilidad del causante su presentación en forma espontánea, sin requerimiento de oficio judicial previo ordenando tal manda. f Asimismo, hagase saber al nombrado las consecuencias que acarrea el incumplimiento de las reglas fijadas, a dichos efectos se transcribe el Art. 27 bis del Código Penal que en su parte pertinente dispone Si el condenado no cumpliere con alguna regla, el tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Si el condenado persistiere o reiterare el incumplimiento, el tribunal podrá revocar la condicional de la condena. El condenado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia haciéndosele saber que la acreditación del cumplimiento de las reglas de conducta fijadas queda a cargo del imputado y su defensa, motivo por el cual, de no acreditar esa parte el cumplimiento en cuestión, se considerarán no cumplidas las reglas indicadas. g Líbrese oficio a la ANSES haciendo conocer la resolución recaida en autos y el cómputo de pena praticado. h A los fines de dar fiel cumplimiento a lo normado por el Art. 83 inc. 3 del C.P.P., líbrese oficio al Juzgado Correccional nro. Uno de Necochea para que informe los datos filiatorios y el domicilio de la víctima de autos Sra. Vanina Susana Colonna Martel respecto de la cual se ordenó la prohibición de acercamiento, a los fines de notificarla de la sentencia dictada. i Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nº 11-00-000293/20 del Juzgado de Garantías Nº 2 de Necochea, y causa Nº 13156 del Juzgado Correccional nro. Uno de Necochea. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución". A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 27 de agosto de 2020. Autos y Vistos: En atención a la imposibilidad de notificar a la víctima en autos Sra. Martel Colonna, Vanina Susana, notifíquese a la misma a tenor del Art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires."
Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
sep. 2 v. sep. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, a cargo de la Dra. Daiana Ivone Español, Secretaría Única, en los autos Rodriguez Romina Gisele s/ Quiebra Pequeña, Expediente 48.755, comunica por cinco días que el 29 de agosto de 2019, se ha decretado la quiebra de ROMINA GISELE RODRIGUEZ DNI 34.383.682, CUIL
27-34383682-7, con domicilio real en la calle 892 N 1065 e/ 801 y Pasco, San Francisco Solano, Quilmes, Provincia de Buenos Aires, habiendo sido designado síndico el Cdr. Alejandro Robles Urquiza T 110 F 169 C.P.C.E.P.B.A., con domicilio en la calle Brown Nº 796 de la ciudad de Quilmes. Se informa que los días de atención son de Lunes a Viernes de 10:00 a 13:00 horas, y de 15 a 18 horas, a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos hasta el día 1 de octubre de 2020. Se deja constancia que el 4 de diciembre de 2020 y el día 26 de febrero de 2021
se fijaron como fechas de presentación de los informes previstos en los Arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, respectivamente. Se hace saber que el fallido y los terceros deberán entregar al sindico los bienes del deudor. Se prohíbe la realización de pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Quilmes, 22 de julio de 2020." Diana Ivone Español, Jueza.
sep. 2 v. sep. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 del Departamento Judicial de Quilmes, sito en Alvear 465 de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, a cargo del Dr. Hernán Señaris, Secretaría Única, hace saber que con fecha 13 de septiembre de 2019 se ha decretado la quiebra de JESICA NOEMI SERRANO, DNI N 36.172.537, con domicilio constituido en la calle Belgrano N 915, casillero 941, de Quilmes y constituido Electrónico:
20082753584@cce.notificaciones. Se ha designado síndico al Cr. Juan Carlos Sanguinetti, con domicilio en la calle Irala N
1926, Dto. 1 de Quilmes, y constituido Electrónico: 20082753584@cce.notificaciones, debiendo presentarse los pedidos de verificación de créditos en dicho domicilio, los días lunes y viernes, en el horario de 15:00 hs. hasta las 18:00 hs., hasta el día 14 de octubre de 2020. Se ordena al fallido y a los terceros que entreguen al síndico los bienes de aquél. Hácese saber
SECCIÓN JUDICIAL > página 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/09/2020 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha08/09/2020

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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