Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/11/2019 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 26 de noviembre de 2019

publicarán por el término y en la forma establecida en el art. 129 del C.P.P. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía. Fdo.
Dr. Ignacio M. del Castillo. Juez. Secretaría, 14 de noviembre de 2019.
nov. 20 v. nov. 26
POR 5 DÍAS - La Señora Jueza Titular del Juzgado Correccional N 4 del Departamneto Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Andrea Viviana Ramos Perea. Cita y emplaza a DUPRE GUZMAN CLAUDIO CRISTOFER, y GUZMAN VERA ANA
MARÍA por el término de cinco días, a fin que el nombrado comparezca al Juzgado Correccional N 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora -sito en 4 piso sector F, del Ed de Tribunales, Camino Negro y Larroque de Banfield-, en la causa N 1-1879-18 RI8409/4, seguida al mismo en orden al delito de hurto, transcribiendo la resolución que así lo dispone: "Lomas de Zamora, 12 de noviembre de 2019. Atento el estado de las presentes actuaciones y lo informado a fs. 243, dispóngase la citación por edictos de los encausados Dupre Guzman Claudio Cristofer, y Guzman Vera Ana Maria debiéndose publicar los mismos en el Boletín Oficial y por el término establecido en el Artículo 129 del Ritual, haciéndose saber que éste Juzgado a mi cargo, cita y emplaza a los nombrados, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa nro. 1-1879-18 R.I. 8409/4, seguida a los nombrados en orden al delito de hurto, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención, a cuyo fin líbrese el edicto correspondiente. Rigen los artículos 303, 304 y 306 del C.P.P. Fdo.: Dra. Andrea Viviana Ramos Perea -Juez. Ante mi: Laura A. Spinelli, Secretaria". Lomas de Zamora, 12
de noviembre de 2019.
nov. 20 v. nov. 26
POR 5 DÍAS - La Señora Titular del Juzgado de Garantías N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra.
Laura V. Ninni, notifica a VICENTE FRANCISCO LUNA, en causa N PP-07-00-216767-01/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: mas de Zamora, 3 de octubre de 2019 Autos y Vistos: Para resolver el pedido de sobreseimiento formulado en la presente causa N PP-07-00-216767-01/00 del registro de este Juzgado de Garantías Nº 6 Departamental I.P.P. de trámite ante la UFIyJ Nº 12 inactiva, UFIyJ N 6 CyC
Departamental. Y Considerando: IQue a fs. 158/159, el Sr. Fiscal interviniente, solicitó se dicte el sobreseimiento respecto del encausado de autos en relación al hecho calificado como encubrimiento agravado por ser el hecho precedente especialmente grave y con el ánimo de lucro y alteración dolosa de la numeración identificaria colocada por autoridad competente en los términos de los artículos 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del Código Penal. El Representante del Ministerio Público Fiscal funda dicho pedido en la circunstancia de que ha operado en la presente la prescripción de la acción penal, siendo que desde la fecha del llamado a prestar declaración en los términos del art. 308 del Ceremonial, es decir 25 de abril de 2001, hasta la fecha, ha transcurrido por demás el plazo de seis años que, por el juego armónico de los artículos 62 inc. 2º y 277 tercero, acápite "a" y "b" del Código Penal, hacen prescribir la acción penal. En la misma inteligencia sostiene que no han operado en la presente causales de interrupción de la prescripción en los términos del artículo 67 del Código Penal. IIAnalizadas las constancias obrantes en la causa,desde la fecha del llamado a prestar declaración en los términos del art.
308 del Ceremonial 25 de abril de 2001, ver fs. 34 hasta el presente, ha transcurrido el plazo máximo de pena prevista para el delito objeto de estudio seis años, cfr. art. 277 tercero, acápite "a" y "b" del Código Penal, sin que se haya verificado acto alguno que interrumpa ese período ver el informe del Registro Nacional de Reincidencia de fs. 156 por lo que corresponde declarar prescripta la acción penal en esta causa y respecto de Vicente Francisco Luna. Por ello es que, Resuelvo: IDeclarar extinguida la acción penal en la presente causa seguida a Vicente Francisco Luna por el delito de encubrimiento agravado por ser el hecho precedente especialmente grave y con el ánimo de lucro y alteración dolosa de la numeración identificaria colocada por autoridad competente. Artículos 59 inciso tercero y 62 inciso segundo del Código Penal. IISobreseer totalmente a Vicente Francisco Luna en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inc. 1 del Código Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese, una vez firme comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: Laura V. Ninni. Juez A
los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: "Lomas de Zamora, 13 de noviembre de 2019 Atento lo informado a fs. 169/vta., notifíquese a Vicente Francisco Luna la resolución obrante a fs. 160/161, mediante edicto. Fdo. Laura V. Ninni. Juez".
nov. 20 v. nov. 26
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la Sra. JULIETA CONSOLI con último domicilio desconocido en causa nro. 15574 seguida a Ibarra Cardozo Silvia Noemí por el delito de Encubrimiento la Resolución que a continuación de transcribe del Plata, 14
de noviembre de 2019. -Autos y Vistos: En atención a no haber sido recibida la información requerida a fs. 10/12 al Juzgado Correccional N 5 Departamental, notifíquese a la víctima de autos, Sra. Julieta Consoli a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y a los fines de dar cumplimiento con lo normado por el art. 11 bis de la ley 24.660 modificada por la L. 27375, a efectos de hacerle saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención;
libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión negativa a ello.- Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
nov. 20 v. nov. 26
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Sra. CLAUDIA MICAELA BENITEZ con último domicilio conocido en calle Garcia Lorca N
5961 de la ciudad de Mar del Plata en causa nro. 16453 seguida a Maldonado Brian Alejandro por el delito de Robo en grado de Tentativa la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 14 de Noviembre de 2019. -Autos y Vistos:
En atención a no haber sido recepcionada la notificación respecto de la víctima de autos, notifíquese a la víctima de
SECCIÓN JUDICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/11/2019 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha26/11/2019

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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