Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/09/2019 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 13 de septiembre de 2019

informe todos aquellos que se acreditaron para participar en la subasta y no resultaron adjudicatarios, más Código de postor de cada uno y datos de su cuenta bancaria privada que debió indicar CBU -ver infray también con informe o reporte del Martillero de postores efectivamente intervinientes y máxima oferta de cada uno de ellos, el que identificará, por ejemplo, el adjudicatario al que no se le devolverá el depósito, salvo para aquellos que hubieran hecho reserva de postura, a los que les será devuelta sólo si lo piden art.585 2do. PCPCC; art.39, Ac.3604/12. Los impuestos, tasas y contribuciones que correspondan nacionales o provinciales al bien subastado, serán soportados con el precio de venta hasta la toma de posesión por parte del comprador, acto que no podrá superar los seis meses desde el pago del precio art.34 inc.5 del CPCC., superado dicho lapso, correrán, los que se devenguen, por cuenta del comprador. En caso de incumplimiento del pago del precio por parte del adquirente en la subasta, éste incurre en situación de postor remiso, debiéndose adjudicar el bien subastado, ahora y con el fin de evitar que fracase la subasta, al mejor de los postores siguientes, debiéndose estar para ello, a las alternativas previstas dentro del marco legal de referencia art.585, CPCC; arts.21, 40, Ac.3604/12. Cuenta abierta de autos: CBU 0140138327510076055062 de la cuenta 5100/7605506 del Banco de la Provincia de Buenos Aires. San Martín, septiembre de 2019.
sep. 13 v. sep. 17

Edictos POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a PERNIA ALFREDO JUSTO, con último domicilio en calle Falucho n 1985, piso 2, dpto. "C"
de Mar del Plata, en causa nro. 16370 seguida a De La Tore Ruben Alberto por el delito de Homicidio en Tentativa, y Portacion Ilegal de Arma de Guerra, la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 26 de agosto de 2019.
Autos y Vistos: Para resolver en relación a la petición incoada por la Defensa del causante Ruben Alberto De La Tore, por la que se requiriera la suspensión de la ejecución inmediata de la pena y su inclusión en un régimen de arresto domiciliario.
Y Considerano: Que como queda indicado de la lectura de autos, en fecha 8/8/2019 el Dr. Juan Manuel Sueyro, Juez integrante del Tribunal en lo Criminal 3 Deptal., ordena la detención del aquí condenado, por haber adquirido firmeza la sentencia que le impusiera pena de efectivo cumplimiento fs. 22/vta., detención que se efectiviza al día siguiente, 9/8/2019 fs. 148/vta..Tras ello la Defensa interpone acción de hábeas corpus ante el Superior fs. 30/31 la que es rechazadas, fundado ello en que el mismo fue condenado a una pena firme de efectivo cumplimiento, sin perjuicio de indicar que los planteos efectuados sobre las diversas modalidades de pena posibles debieran ser agotados en primera instancia.
Cabe indicar que la Defensa ha requerido, en base a ello, la aplicación de un régimen de prisión domiciliaria, encontrándose en pleno trámite el incidente conformado al efecto, aguardándose la producción de las pericias médicas e informes penitenciarios pertinentes. Y en el transcurso de esta tramitación, requiere la Defensa se suspenda la ejecución de la pena y se reanude la libertad del mismo hasta tanto se resuelva sobre el instituto de prisión domiciliaria, instándose a una audiencia con presencia del Ministerio Público Fiscal a tal fin, no oponiéndose la Fiscalía a tal petición fs. 34/36. Que en base a ello, corresponde adoptarse una decisión que canalice la petición incoada, sin perjuicio de lo procedente en lo que atañe a la ejecución de la pena impuesta al causante. Por ello es que Resuelvo: I Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. CPP art. 497 y Res. 555/05
S.C.J.P.B.A., hágase saber a las partes.- II.- Anótese a De La Tore Ruben Alberto como detenido a disposición de este Juzgado de Ejecución Penal N 1 y en carácter de penado. En atención a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en fecha 3 de mayo de 2005, en la causa "Recurso de hecho deducido por el Centro de Estudios Legales y Sociales en la causa Verbitsky, Horacio s/ Hábeas Corpus", y por la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en fecha 11 de mayo de 2005 en la causa P. 83.909, "Verbitsky, Horacio - representante del Centro de Estudios Legales y Sociales - Hábeas Corpus. Rec. de Casación. Rec. Extraordinario de nulidad e inaplicabilidad de ley", solicítese a las autoridades del establecimiento donde encuentra alojado el condenado se informe en el plazo de cinco días: Las condiciones concretas en que cumple su detención características de la celda, cantidad de camas, condiciones de higiene, acceso a servicios sanitarios, etc. como asimismo informe respecto a su estado de salud, debiendo en lo futuro comunicarse inmediatamente toda modificación relvante de la situación oportunamente informada. XI.Desígnese audiencia para resolver en la presente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 4 de septiembre de 2019 a las 10.00 hs. XII. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla de la audiencia fijada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. XIII. Oportunamente vuelvan los autos a despacho. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
sep. 9 v. sep. 13
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C.
Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DANIEL MARTIN ALMIRON, con último domicilio en la calle Esquiú Nro. 283 de la Localidad de Rincón de MIlberg, Partido de Tigre, de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 4450, que se le sigue por los delitos de Amenazas Calificadas y Desobediencia, bajo apercibimiento de ser declarado
SECCIÓN JUDICIAL > página 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/09/2019 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha13/09/2019

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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