Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/03/2016 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 2008

LA PLATA, LUNES 21 DE MARZO DE 2016

recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 23 de febrero de 2016. Y Vista
Considerando Resuelvo: Declarar -de oficiola extinción de la presente acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Vensu Rayner, en el supuesto de comisión de las Infracciones previstas y reprimidas en su artículo 74 inciso a del Decreto Ley 8.031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires a tenor de lo ocurrido -y prevenidoel día catorce del mes de marzo del año dos mil siete en este Partido de Merlo. En concordancia corresponde dejar sin efecto su declaración de rebeldía, y su Comparendo Compulsivo. Regístrese. Remítase a la Instrucción -por diez díasa fin de que se Notifique ésta a la Defensa Oficial departamental actuante y a la Policía de esta Provincia -en este caso para los asientos registrales integrales en la Sección antecedentes y la relativa a requisitorias de comparendos-. Previo líbrese Edicto, por Secretaría, en la forma de estilo -los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco díaspara anoticiar el presente Decisorio a la parte enjuiciada. Oportunamente, Archívese. Fdo:
Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra. Ana María Vinci.
Dado en Merlo Bs. As., 29 de febrero de 2016. Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.598 / mar. 15 v. mar. 21


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, Titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 8.501, caratulada: Chaves, José Raúl s/ Inf. Arts. 35, 37, 38 y 74 Inc.
a Decreto Ley 8.031/73; notifíquese a JOSÉ RAÚL CHAVES y MAXIMILIANO CUEVA, argentinos; sin domicilio fijo. Notifíqueselos mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe:
Merlo Bs. As., 19 de octubre de 2015. Y Vista
Considerando Resuelvo: Declarar -de oficiola extinción de la presente acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de José Raúl Chaves y Maximiliano Cuevas, en el supuesto de comisión de las Infracciones previstas y reprimidas en los artículos 35, 37, 38 y 74 Inc. a Dec. Ley 8.031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires a tenor de lo ocurrido -y prevenidoel día dieciocho del mes de abril del año Dos Mil Ocho en este Partido de Merlo. En concordancia corresponde dejar sin efecto sus declaraciones de rebeldía, y sus Comparendos Compulsivos. Regístrese. Remítase a la Instrucción -por diez díasa fin de que se notifique ésta a la Defensa Oficial departamental actuante y a la Policía de esta Provincia -en este caso para los asientos registrales integrales en la Sección antecedentes y la relativa a requisitorias de comparendos. Previo líbrese Edicto, por Secretaría, en la forma de estilo -los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco díaspara anoticiar el presente Decisorio a las partes coenjuiciadas. Oportunamente, Archívese.
Fdo: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra. Ana María Vinci, Secretaria. Dado en Merlo Bs. As., 23 de febrero de 2016. Dr. Sergio Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.599 / mar. 15 v. mar. 21
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, Titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 7.895, caratulada: Guzmán, Noemí s/ Inf. Art. 68 Decreto Ley 8.031/73; notifíquese a NOEMÍ GUZMÁN, argentina, sin domicilio fijo. Notifíquesela mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la Sentencia Definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 30 de septiembre de 2015. Y
Vista Considerando Resuelvo: Declarar -de oficiola extinción de la presente acción contravencional, de índole penal, por prescripción, en favor de Noemí Guzmán, en el supuesto de comisión de la Infracción prevista y reprimida en su artículo 68 del Decreto Ley 8.031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires a tenor de lo ocurrido -y prevenidoel día veinticuatro del mes de agos-

BOLETÍN OFICIAL

to del año dos mil siete en este Partido de Merlo. En concordancia corresponde dejar sin efecto su declaración de rebeldía, y su Comparendo Compulsivo. Regístrese.
Remítase a la Instrucción -por diez díasa fin de que se notifique ésta a la Defensa Oficial departamental actuante y a la Policía de esta Provincia en este caso para los asientos registrales integrales en la Sección antecedentes y la relativa a requisitorias de comparendos. Previo líbrese Edicto, por Secretaría, en la forma de estilo -los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco díaspara anoticiar el presente Decisorio a la parte enjuiciada. Oportunamente, archívese. Fdo: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra.
Ana María Vinci, Secretaria. Dado en Merlo, 23 de febrero de 2016. Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.600 / mar. 15 v. mar. 21


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa Nº 2.089 seguida a SERGIO EZEQUIEL NIELLE por el delito de usurpación de propiedad, del registro de esta Secretaría Única, cítese y emplácese al nombrado Nielle, titular del D.N.I. Nº 40.061.496, de nacionalidad argentina, nacido el día 24 de noviembre de 1.992 en San Martín, Pcia. de Buenos Aires, soltero, hijo de Sergio Enrique y de Miriam Rosa Calderón, de profesión albañil, con último domicilio en la calle Segunda Rivadavia y Tres de Febrero de la localidad y partido de San Martín, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón, esquina Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sector K de la mencionada localidad, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129 y 304 del C.P.P..
Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 25 de febrero de 2.016.
Cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Sergio Ezequiel Nielle por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a regularizar su situación procesal, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129 y 304 del C.P.P.. Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 25 de febrero de 2016. Silvia L. Caparelli, Secretaria.
C.C. 2.601 / mar. 15 v. mar. 21
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa correccional Nº 2.066 seguida a MIGUEL ÁNGEL SCARFONE por el delito de Estafas reiteradas en veintitrés oportunidades en concurso real entre sí, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a Miguel Ángel Scarfone, sin apodos, argentino, instruido, comerciante, divorciado, titular del D.N.I. Nº 20.427.801, nacido el 16 de octubre de 1968 en C.A. B.A., con último domicilio sito en la calle Borges Nº 963 de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, hijo de María de la Cruz Lorenzo y de Mario Nicolás Scarfone, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta 30 días corridos a contar desde la publicación, a este Juzgado, sito en la calle Colón y Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sección k de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 3 de marzo de 2016. I. II. II. Asimismo, y previo resolver respecto de lo peticionado por el Sr. Fiscal a fojas 541, en atención a lo que surge del informe glosado a fojas 542, cítese y emplácese mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Miguel Ángel Scarfone por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129 y 304
del C.P.P. . - IV. - V. - Fdo.: Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 3 de marzo de 2016.
Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria.
C.C. 2.602 / mar. 15 v. mar. 21


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 5
del Departamento Judicial Morón, en causa Nº J-1191
seguida a Romina Soledad Pérez, por el delito de Robo simple en grado de tentativa, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a ROMINA SOLEDAD PÉREZ, de 23 años de edad, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, nacionalidad argentina, con último domicilio en la calle Jorge Newbery Nº 5048 de la localidad de Mariano Acosta, partido de Merlo, hija de Rodolfo Alejandro Molina y de Adriana Pérez, por el termino de 5
cinco días, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón Nº 151, 4º piso, sector B, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo. Artículos 129 y 304 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Ciudad de Morón, 23 de febrero de 2016. III. Sin perjucio de lo ordenado precedentemente, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Romina Soledad Pérez, por el término de 5 cinco días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y de ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129 y 304
del C.P.P.P.B.A.. Frimado: Doctora Graciela Julia Angriman, Jueza en lo Correccional. Secretaría, 23 de febrero de 2016. Germán Enzo Toto, Secretario.
C.C. 2.603 / mar. 15 v. mar. 21
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, Jueza a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial Morón, en causa Nº J0947 seguida a Walter Orlando Bazán, por el delito de Robo Simple en grado de tentativa, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese, a WALTER ORLANDO BAZÁN argentino, nacido el día 05 de junio de 1987 en la provincia de Formosa, con estudios primarios, albañil, soltero, titular del D.N.I, Nº 34.222.675, con último domicilio conocido en la calle Arribeños Nº 735 de la localidad y partido de Merlo, con prontuarios números 1414380 de la sección AP del Ministerio de Seguridad de esta Provincia y U3022688 del Registro Nacional de Reincidencia, por el término de 5 cinco días, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón Nº 151, 4º piso, sector B, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo. artículos 129 y 304 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Ciudad de Morón, 26
de febrero de 2016. I. .. II Sin perjuicio de lo ordenado precedentemente, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Walter Orlando Bazán por el término de 5 cinco días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y de ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A..- , Firmado: Doctora Graciela Julia Angriman, Juez en lo Correccional. Secretaría, 26 de febrero de 2016. Germán Enzo Toto, Secretario.
C.C. 2.604 / mar. 15 v. mar. 21

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/03/2016 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha21/03/2016

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones3368

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/05/2024

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