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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 26/10/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
N.º 206
26 de octubre de 2023
B. TRATO DISCRIMINATORIO EN LA SELECCIÓN DE LOS SOLICITANTES.
6. Se incumplen los principios de objetividad, igualdad y no discriminación en la selección de beneficiarios. No se sigue un criterio homogéneo para la selección de beneficiarios.
C. CONFLICTOS DE INTERÉS EN EL COMITÉ DE EVALUACIÓN.
7. Se ha influido de forma deliberada en la evaluación y selección de los beneficiarios, favoreciendo a alguno de ellos, dando un trato preferente, o presionando a otros miembros del comité.
D. INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE AYUDAS DE ESTADO.
8. Las operaciones financiadas constituyen ayudas de estado y no se ha seguido el procedimiento de información y notificación establecido al efecto por la normativa europea.
E. DESVIACIÓN DEL OBJETO DE SUBVENCIÓN.
9. Inobservancia de la finalidad establecida en la normativa reguladora de la subvención por parte del beneficiario o falta de ejecución.
F. INCUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE ADICIONALIDAD.
10.Existe un exceso en la cofinanciación de las operaciones.
11. Existen varios cofinanciadores que financian el mismo proyecto.
12.Falta documentación soporte de las aportaciones realizadas por terceros ejemplos: convenios, donaciones, aportaciones dinerarias de otra naturaleza, etc..
13. Falta el carácter de finalista de la financiación aportada por terceros, no existiendo un criterio de reparto de la misma.
14.Inexistencia de un control de los gastos e ingresos por proyecto por parte del beneficiario.
15.Inexistencia de un control de los hitos y/u objetivos asignados al proyecto por parte del beneficiario.
G. FALSEDAD DOCUMENTAL.
16.Se constata la existencia de documentos o declaraciones falsas presentadas por los solicitantes al objeto de salir elegidos en un proceso de selección. Dicha falsedad puede versar sobre: declaraciones firmadas, información financiera, compromisos, etc., induciendo a error al comité de evaluación.
17.Se ha manipulado el soporte documental de justificación de los gastos.
H. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS POR LA
NORMATIVA NACIONAL Y COMUNITARIA EN MATERIA DE INFORMACIÓN Y
PUBLICIDAD.
18.Se han incumplido los deberes de información y comunicación. Especialmente las obligaciones contenidas en los diferentes textos normativos, tanto nacionales como europeos.
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