Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Ávila » Boletín Oficial de la Provincia de Avila » 24/12/2019
Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 24/12/2019
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 247
24 de diciembre de 2019
e Independientemente de las sanciones de carácter económico que pudieran imponerse y/o demás responsabilidad a que hubiera lugar, podrán adoptarse, según proceda, las siguientes medidas:
1.º Ordenar al infractor que, en el plazo que se fije, reponga a su estado original y a su costa las obras, redes o instalaciones sobre las que hubiere actuado sin autorización.
2.º Ordenar al sujeto responsable que, en el plazo que se fije y a su costa, introduzca en las obras, redes o instalaciones realizadas, las rectificaciones precisas para ajustarías a lo autorizado y/o a las disposiciones de la presente Ordenanza.
3.º Requerir al infractor para que, en el plazo que se fije, proceda a reparar a su costa los daños causados en las obras, redes, instalaciones del suministro de agua potable.
4.º La clausura temporal o definitiva del suministro domiciliario del agua.
5.º No suscribir nuevos contratos de suministro con aquellas personas físicas o jurídicas que tengan pendiente la subsanación de infracciones de la presente Ordenanza, el abono de sanciones impuestas y/o el pago de la facturación.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza Fiscal, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, una vez aprobada o elevada a definitiva, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Ávila, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Villafranca de la Sierra, 12 de diciembre de 2019.
El Alcalde, Francisco López Pérez.
36