Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/08/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 165

27 de agosto de 2019

Igualmente quedan establecidas las siguientes bonificaciones:

Las familias numerosas en régimen general y especial tendrán una bonificación del50% en la tarifa aplicable, así como los mayores de 65 años.

Artículo 7. Devengo.
Se devenga el precio público y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se solicita la prestación de cualquiera de los servicios que se regulan en esta Ordenanza, aunque se exigirá depósito previo cuando se formule la solicitud de cualquier modalidad de bonos.
En el supuesto de que se reserve una pista o cualquiera de los elementos definidos en el cuadro de cuotas tributarias, deberá ingresarse en el momento de la reserva el coste del precio público.
Artículo 8. Normas de Gestión.
El ingreso de las cuotas o abonos anuales, semestrales o mensuales se realizará por régimen de autoliquidación, en virtud del artículo 27.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo.
El resto de servicios, por su propia naturaleza, se podrán gestionar por el sistema de tique o entradas previas que se soliciten en la taquilla correspondiente.
Artículo 9. Modificación.
La modificación de los precios públicos fijados en la presente Ordenanza corresponderá al Pleno de cada Entidad Local.
Artículo 10. Infracciones y Sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así corno a las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 178 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 11. Legislación Aplicable.
En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria, la Ley 8/1989,de13de abril, de Tasas y Precios Públicos, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por el Ayuntamiento.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/08/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha27/08/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3614

Primera edición04/01/2010

Ultima edición31/05/2024

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