Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/05/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 89

10 de mayo de 2019

El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
a La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
bContra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Santa María del Tiétar, 29 de abril de 2019.
La Alcaldesa, M. Isabel Sánchez Hernández.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 10/05/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha10/05/2019

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3593

Primera edición04/01/2010

Ultima edición03/05/2024

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