Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 18/05/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

Nº 95

18 de mayo de 2018

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 1240/18

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 DE ÁVILA
E

d i c t o
LUIS MANUEL HERNÁNDEZ HOFMANN, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social de ÁVILA, HAGO SABER:
Que en el DSP 60/18 de este Juzgado, seguido a instancia de ALFONSO SÁNCHEZ
LÁZARO contra THAISE CONSULTING, S.L., se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA
En la ciudad de Ávila a veinte de marzo de dos mil dieciocho.
FALLO
Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora, DON ALFONSO
SÁNCHEZ LÁZARO, contra la parte demandada, la empresa THAISE CONSULTING, S.L., sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del llevado a cabo y la extinción de la relación laboral que unía a las partes, condenando a la parte demandada a que indemnice a la parte actora en la cantidad de 97644 Euros y a que la abone los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el día de hoy a razón de 3945 Euros brutos diarios.
Contra esta Sentencia cabe Recurso de Suplicación, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando el Letrado que habrá de interponerlo.
Siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquellos al ser notificados. El empresario deberá al mismo tiempo acreditar haber consignado el importe de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta el día del anuncio del recurso si opta por la readmisión, más el importe de la indemnización por despido, en la cuenta de este Juzgado, abierta en el Banco Santander, denominada Depósitos y Consignaciones, N.º 0293, pudiendo sustituirse por aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista; más otra cantidad de 300 Euros en la misma cuenta y en impreso separado del importe de la condena. Mientras dure la tramitación del Recurso, y si opta por la readmisión, viene obligada a abonar al trabajador los salarios que venía percibiendo antes del despido y el trabajador continuará prestando sus servicios;
salvo que el empresario prefiera realizar el pago sin recibir contraprestación alguna.
Y para que sirva de notificación a THAISE CONSULTING, S.L., expido la presente para su inserción en el BOP de Ávila.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En ÁVILA, a cinco de abril de dos mil dieciocho.
El/La Letrado de la Administración de Justicia.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 18/05/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha18/05/2018

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3589

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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