Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 29/03/2010

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Boletín Oficial de la Provincia de Ávila Lunes, 29 de Marzo de 2010

Número 59

3

en el plazo de UN MES, a tenor de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de Enero.

que agota la vía Administrativa cabe interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ávila en el plazo de DOS MESES, a contar desde la notificación de la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio de Jurisdicción Contencioso Administrativa. Previamente y con carácter potestativo podrá interponer recurso de reposición ante esta Subdelegación del Gobierno,
Ávila, 28 de Marzo de 2010
La Jefa de la Oficina de Extranjeros, Gema González Muñoz.

Número 912/10

MINISTERIO

DE

TRABAJO

T ESORERÍA G ENERAL

DE

LA

E

INMIGRACIÓN

S EGURIDAD S OCIAL

Dirección Provincial de Ávila Unidad de Recaudación Ejecutiva 05/01

E

D I C T O

D E

S

U B A S T A S

D. ELENA SÁNCHEZ BARDERA, RECAUDADOR EJECUTIVO DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA DE ÁVILA 05/01
HAGO SABER:
Que en los expedientes administrativos de apremio que se tramitan en esta Unidad contra los deudores que mas abajo se relacionan, el Sr. Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, ha dictado Providencia que, además de los datos individualizados que luego se transcribirán, en su parte dispositiva dice: procédase a la celebración de la citada subasta el día 26 de mayo de 2010, a las 11:00 horas, en Av. de Portugal, 4 - Ávila Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ávila, y obsérvense en su tramite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio, B.O.E. del día 25 RGRSS En la misma providencia se indica que el plazo para presentar ofertas en sobre cerrado será hasta el día hábil inmediatamente anterior, a la fecha señalada para su celebración, por lo que podrán realizarse HASTA las 14 horas del día 25 de mayo de 2010.
Que las condiciones reguladoras de las subastas serán:
PRIMERA: Los bienes objeto de subasta se describen después de las condiciones que la rigen, junto al tipo de subasta y lugar en que se encuentran depositados en caso de bienes objeto de depósito, estos bienes podrán examinarse previa solicitud en esta Unidad Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social 05/01.- Avda.
de Portugal, 4.- 05071 Ávila.- teléfono 920.20.60.00.- telefax 920.20.60.33. En el caso de que se encuentren en locales que permanezcan abiertos al público de forma habitual podrán visitarse durante el horario de apertura de estos hasta el día anterior al señalado para la subasta. Los títulos de propiedad han sido suplidos por certificación registral en caso de bienes inmuebles inmatriculados, certificación catastral para los inmuebles que carezcan de inscripción, e información del registro mercantil vehículos. Del resto de bienes, salvo que expresamente se indique junto a ellos, se carece de títulos. Los licitadores deberán conformarse con los títulos de propiedad que obren en los expedientes, sin derecho a exigir otros. Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, el certificado de adjudicación, o en su caso la escritura pública de venta, son títulos mediante los que puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos en el articulo 199.b de la Ley Hipotecaria, debiendo en los demás casos, si les interesa, proceder como dispone el Titulo VI de dicha Ley.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 29/03/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha29/03/2010

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3599

Primera edición04/01/2010

Ultima edición11/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2010>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031