Convenio especial para deportistas de alto nivel
En qué consiste el trámite
Este convenio especial permite a los deportistas de alto nivel, mayores de dieciocho años que, en razón de su actividad deportiva o de cualquier otra actividad profesional que realicen no estén ya incluidos en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social, la inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
Dónde se puede realizar
Debe presentarse solicitud (modelo TA-0040) ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma en el plazo de 90 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación en que figure como deportista de alto nivel.
Qué es el modelo TA-0040
El modelo TA-0040 es una solicitud de Alta, Baja y Variación de datos/ Suspensión / Reanudación / Extensión del convenio especial. Es importante recordar que este archivo una vez impreso, debe completarse con MAYÚSCULAS.
Quién puede / debe efectuar el trámite
El deportista profesional interesado es el único encargado de gestionar y hacer efectivo el ingreso a un Régimen del Sistema de la Seguridad Social. Mediante el modelo de solicitud TA-0040, puede realizar dicho trámite en su respectiva Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez realizado, dicho ente realizará las acciones pertinentes para validar el trámite.
Documentación / Requisitos
Requisitos
Los requisitos para formar parte oficial de este convenio, son:
1) Ser mayor de 18 años.
2) Presentar la documentación personal.
3) Tener reconocida la condición de “Deportista de Alto Nivel”.
Condición de Deportista de Alto Nivel (DAN)
Para ser considerado Deportista de Alto Nivel, se debe haber realizado el trámite pertinente de obtención de la condición de deportista de alto nivel (consultas al teléfono 91 5896680).
El real decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, define 7 niveles diferenciados de deportistas de alto rendimiento. Los deportistas de alto rendimiento no figuran en ninguna relación, ni salen publicados en el BOE. Pueden solicitar un certificado que acredite dicha condición los deportistas que cumplan los requisitos definidos en los apartados a), b), d) e) y f), a través de sus Federaciones Deportivas Españolas al Consejo Superior de Deportes, y los deportistas que cumplan los requisitos definidos en los apartados c) y g) a los organismos competentes en las CCAA.
Con relación al conjunto de medidas de apoyo incluidas en el real decreto de deportistas de alto nivel y de alto rendimiento, los deportistas de alto rendimiento únicamente se puede acoger a las medidas relacionadas con los estudios, definidas en el artículo 9 del real decreto.
Documentación
Además de los requerimientos, se debe contar con la documentación correcta (Modelo de Solicitud AT-0040, antes mencionado) en la cual, una vez cumplimentada, se procederá a corroborarla.
Cuánto demora
El plazo máximo legal para dictar y notificar la resolución sobre esta solicitud será de tres meses contados a partir de la fecha de su entrada en el registro de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la Seguridad Social competente para
su tramitación. El plazo indicado podrá ser suspendido cuando deba requerirse la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios. Transcurrido el citado plazo sin que recaiga resolución expresa,la solicitud podrá entenderse estimada, a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992.
De qué entidad depende el trámite
Este trámite depende de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Costo
El proceso no cuenta con costo alguno, siendo la Dirección Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social, el responsable por este trámite.