Clasificación de Deudores según el BCRA: del 1 al 6, qué significa cada uno de los niveles.

Calificación de Situaciones según el Banco Central de la República Argentina:

Situación 1: Normal

Esta es la categoría ideal. El BCRA la define expresando que el análisis de flujo de fondos del cliente demuestra que es capaz de atender adecuadamente todos sus compromisos financieros.

Situación 2: Con seguimiento especial

Comprende dos subcategorías:

- En Observación.

El análisis del flujo de fondos del cliente demuestra, al momento de realizarse, que es capaz de atender adecuadamente todos sus compromisos financieros. Sin embargo, existen situaciones posibles que, de no ser controladas o corregidas oportunamente, podrían comprometer la capacidad futura de pago del cliente. Estas situaciones pueden incluir:

- Incurrir en atrasos de hasta 90 días en el pago de las obligaciones.

Se entiende que el cliente efectúa el pago de sus obligaciones cuando no recurre a nueva financiación directa o indirecta de la entidad.

- En Negociación o con Acuerdos de Refinanciación.

Incluye aquellos clientes que ante la imposibilidad de hacer frente al pago de sus obligaciones en las condiciones pactadas, manifiesten fehacientemente antes de los 60 días contados desde la fecha en que se verificó la mora en el pago de las obligaciones, la intención de refinanciar sus deudas.

No podrán incluirse en esta categoría deudores cuyas obligaciones hayan sido refinanciadas por la entidad, bajo esta modalidad, en los últimos 24 meses.

El acuerdo con la entidad financiera deberá concertarse dentro de los 90 ó 180 días contados desde la fecha en que se verificó la mora en el pago de las obligaciones, según sea necesario llegar a acuerdos con hasta dos entidades o con más de dos, respectivamente.

De no haberse alcanzado el acuerdo dentro del plazo establecido, deberá reclasificarse al deudor en la categoría inferior que corresponda, de acuerdo con los indicadores establecidos para cada nivel.

Los deudores que hayan cancelado la totalidad de los intereses devengados podrán ser clasificados en “situación normal” si además observan las otras condiciones prevista para la esa categoría.

Los deudores que no hubieran cancelado por lo menos los intereses devengados dentro de los 180 días de concertada la refinanciación, deberán ser reclasificados en la categoría “con alto riesgo de insolvencia”.

Los deudores que incurran en atrasos de más de 31 días respecto de las condiciones pactadas en las obligaciones refinanciadas, deberán ser recategorizados en el nivel inmediato inferior “con problemas”.

Situación 3: Con problemas

El análisis del flujo de fondos del cliente demuestra que tiene problemas para atender normalmente la totalidad de sus compromisos financieros y que, de no ser corregidos, esos problemas pueden resultar en una pérdida para la entidad financiera. Los casos comprendidos incluyen:

- Cuando el deudor incurra en atrasos de hasta 180 días, con exclusión de los deudores comprendidos en el punto anterior (en negociación o con acuerdos de refinanciación).

- El deudor que mantenga convenios de pago resultantes de concordatos judiciales o extrajudiciales homologados (incluyendo los acuerdos preventivos extrajudiciales homologados) a vencer o arreglos privados concertados en forma conjunta con entidades financieras acreedoras cuando aún no se haya cancelado el 15% del importe involucrado en el citado acuerdo.

- El deudor incurre en atrasos recurrentes, incumplimiento de hasta 180 días respecto de condiciones contractuales o nulo movimiento en las cuentas con la entidad.

Situación 4: Con alto riesgo de insolvencia

El análisis del flujo de fondos del cliente demuestra que es altamente improbable que pueda atender la totalidad de sus compromisos financieros. Se incluyen situaciones en las que el deudor:

- Incurre en atrasos de hasta un año.

- Cuenta con una dirección incompetente y/o deshonesta, o se observa descontrol en los sistemas internos.

- Tiene un sistema de información inadecuado, lo que impide conocer con exactitud la real situación financiera y económica de la empresa. La información que se presenta no es confiable pues no cuenta con la adecuada documentación respaldatoria.

- Posee refinanciaciones otorgadas con quitas en el capital o reducción de las tasas de interés salvo que esto último obedezca a cambios en la situación del mercado, o cuando haya sido necesario recibir bienes en pago de parte de las obligaciones.

- Haya sido demandado judicialmente por la entidad para el cobro de su acreencia cuando ello se encuentre vinculado a la falta de pago y registre mora en el pago de hasta un año. Se excluyen los casos en que las acciones se refieren a la discusión de otros aspectos contractuales.

En caso de verificarse atrasos mayores a 540 días, corresponderá la reclasificación inmediata del deudor en el nivel siguiente inferior.

- Haya solicitado el concurso preventivo, celebrado un acuerdo preventivo extrajudicial aún no homologado o se le haya requerido su quiebra, en tanto no hubiere sido declarada, por obligaciones que sean iguales o superiores al 20% del patrimonio del cliente, o por obligaciones entre el 5% y menos del 20% del patrimonio cuando persista el pedido de quiebra luego de transcurridos 90 días desde que ésta haya sido requerida. En caso de levantarse el pedido de quiebra, el deudor podrá ser reclasificado en niveles superiores, según la situación previa, si se observan las condiciones allí previstas.

En el caso de deudores que hayan solicitado el concurso preventivo o acuerdo preventivo extrajudicial aún no homologado, corresponderá la reclasificación inmediata en el nivel siguiente inferior cuando se verifiquen atrasos de más de 540 días.

- Se encuentre permanentemente atrasado en el pago, con incumplimientos superiores a 180 días respecto de las condiciones contractuales.

Situación 5: Irrecuperable

Las deudas de clientes incorporados a esta categoría se consideran incobrables. Estos casos pueden incluir:

- Se ha decretado la quiebra del deudor.

- El deudor solicitó su propia quiebra.

- El deudor incurre en atrasos superiores a un año, cuenta con refinanciación del capital y sus intereses y con financiación de pérdidas de explotación.

- El deudor cuenta con una dirección incompetente y/o deshonesta y/o capaz de realizar actos fraudulentos. Prácticamente no existe control interno.

Situación 6: Irrecuperable por disposición técnica

La categoría 6 tiene que ver con deudores de cierto tipo de entidades financieras, siempre y cuando tales deudores estén en situación irregular, entendiéndose por ello cuando poseen atrasos superiores a los 180 días. Son los deudores de:

a) entidades liquidadas por el Banco Central;

b) entes residuales de entidades financieras públicas privatizadas o en proceso de privatización o disolución;

c) entidades financieras cuya autorización para funcionar haya sido revocada por el Banco Central y se encuentren en estado de liquidación judicial o quiebra;

d) fideicomisos en los que SEDESA sea beneficiario.

Nivel 5

Hola yo tenía una deuda q llego a nivel 5 pero ya la pague como hago para q ya no figure nada de eso.

Estoy en situación 5 por una deuda

Hola estoy en situación 5 por una deuda con un banco cómo debería hacer para salir de esa clasificatoria?

Situación 5

Estoy en situación 5 por deuda con la tarjeta de un banco. Por esta situación estoy inhibida para vender algún bien personal a mi nombre? O si yo quisiera poner algo a mi nombre ahora, este sería embargado?

Nivel 4

Quiero saber si es verdad que me pueden venir a embargar los electrodomésticos de mi casa???

Deuda

Estoy en situación 4 y no quiero pagar mi deuda. Quiero saber si me pueden hacer un juicio para cobrarme.
Es un préstamo que solicité por teléfono. Nunca firme ningún papel.

estoy en situacion 6

me gustaria saber cuando quedo libre de deuda ya que todos los que he tenido fue por salir de garante a tercero y yo no pude pafgarlo

situacion 2

hola estoy en situación 2 por ser garante de un familiar el cual se atraso en las cuotas, quería saber si eso me afecta para sacar un préstamo y si me afecta cuanto tiempo tatda en pasar al num 1

Consulta

Necesito saber a q pertenece la deuda q me figura. No creo deber nada de lo q están reclamando, ni siquiera sé quienes son. Alguien podrá ayudarme?

Consulta

Necesito saber a q pertenece la deuda q me figura. No creo deber nada de lo q están reclamando, ni siquiera sé quienes son. Alguien podrá ayudarme?

Hola estoy en situacion 4

Hola estoy en situacion 4 quiero saber si se puede unificar mis deudas y pagarlas en cuotas accesibles?

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