CABLENA SA

Modificaciones estatutarias

Artículo 16..- Las Juntas Generales podrán ser ordinarias o extraordinarias y habrán de ser convocadas por el Organo de administración. Junta Ordinaria es la que debe reunirse dentro de los seis primeros meses de cada período, para censurar la gestión social, aprobar en su caso las cuentas del Artículo 28..- El Consejo se reunirá siempre que solicite un Consejero o lo acuerde el Presidente, o quien haga sus veces, a quien corresponde convocarlo. En el caso de que lo solicitara un Consejero, el P

Datos registrales

T 3132 , F 175, S 8, H Z 23137, I/A 66 (15.10.21).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 203 del Jueves 21 de Octubre de 2021. Empresarios, Empresarios.

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