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ARTICULO 9.- Con carácter general, en caso de prenda sobre las acciones representativas del capital social de la sociedad, corresponderá al propietario de éstas el ejercicio de los derechos de socio. No obstante lo anterior, desde el momento en que se notifique por conducto notarial al deudor.
T 4358 , F 217, S 8, H Z 12125, I/A 47 (30.06.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 128 del Miércoles 7 de Julio de 2021. Empresarios, Empresarios.