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Artículo 17º.- Las Juntas Generales de Accionistas, tanto ordinarias como extraordinarias, serán convocadas por el Consejo de Administración de la Sociedad, mediante anuncio individual y escrito que será remitido por correo certificado, burofax o cualquier otro medio escrito o telemático que pueda.
T 6112, L 3418, F 223, S 8, H V 6998, I/A 73 (13.05.20).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 97 del Viernes 22 de Mayo de 2020. Empresarios, Empresarios.