Quiero saber acerca de...
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Adm. Unico: MAÑAS BLASCO JUAN MELITON.
Artículo 15º.- De los beneficios líquidos, luego de las atenciones, de detracciones y reservas legales o acordadas por la Junta, el resto se distribuirá entre los socios en proporción a su participación en el capital social..
T 3284 , F 191, S 8, H Z 39332, I/A 10 (26.09.19).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 189 del Miércoles 2 de Octubre de 2019. Empresarios, Actos Inscritos.