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Artículo 19º.- La sociedad estará regida, administrada y representada por un Organo de Administración, el cual podrá conferir los apoderamientos que estime convenientes. El Organo de Administración será nombrado por la Junta General, pudiendo no ser accionistas. El Organo de Administración ejercerá.
T 4300 , F 183, S 8, H Z 6464, I/A 28 ( 8.02.18).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 33 del Jueves 15 de Febrero de 2018. Empresarios, Actos Inscritos.