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ARTICULO 8 BIS: El cargo de administrador será retribuido. La remuneración del cargo consistirá en una asignación fija en metálico de 20.000 euros brutos anuales para cada administrador que serán satisfechos en un único pago. La retribución del cargo se entenderá sin perjuicio de la posibilidad de.
T 3 , F 220, S 8, H SC 32840, I/A 8 (27.02.17).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 46 del Martes 7 de Marzo de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.