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ARTICULO 25º.- El cargo de administrador será retribuido.
T 979 , F 182, S 8, H GI 14006, I/A 7 (13.12.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 240 del Martes 20 de Diciembre de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.