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Artículo 15º.- Los administradores ejercerán su cargo por tiempo indefinido. Los administradores podrán ser separados de su cargo en cualquier momento por los socios que representen la mayoría del capital social. El cargo de administrador será retribuido. Los Administradores o, en su caso, los.
T 1447 , F 225, S 8, H VA 25985, I/A 2 (22.04.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 82 del Viernes 29 de Abril de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.