Quiero saber acerca de...
- España
Consejero: SECTOR DE PARTICIPACIONES INTEGRALES SL.
Artículo 16.- La sociedad será regida, administrada y representada por un Consejo de Administración integrado por un mínimo de tres y un máximo de nueve miembros, que tendrá las facultades y prerrogativas así como los derechos y obligaciones que las Leyes y estos Estatutos le señalan, sin perjuicio.
T 1406 , F 179, S 8, H VA 16139, I/A 48 (22.10.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 207 del Jueves 29 de Octubre de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.