Quiero saber acerca de...
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Artículo 5º.- La transmisión intervivos de participaciones sociales entre socios, así como la realizada a favor del cónyuge no separado, ascendiente o descendiente consanguíneo hasta el tercer grado del socio transmitente, así como la realizada a favor de sociedades cuyo control corresponda al socioArtículo 23.- En los quince días precedentes a la convocatoria de la Junta general ordinaria que se reunirá necesariamente, dentro de lso seis primeros meses de cada ejercicio fiscal, para censurar la
T 1445 , F 191, S 8, H VA 21852, I/A 12 (15.10.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 202 del Jueves 22 de Octubre de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.