VINZEO TECHNOLOGIES, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE) VINZEO TIC, SOCIEDAD LIMITADA VINZEO INFORMÁTICA, SOCIEDAD LIMITADA VINZEO PREMIUM SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA LANMÓVIL, SOCIEDAD ANÓNIMA PAYMA MÓVILES, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios únicos de las sociedades Vinzeo Technologies, S.A.U., Vinzeo TIC, S.L.U., Vinzeo Informática, S.L.U., Vinzeo Premium Services, S.L.U., Lanmóvil, S.A.U., y Payma Móviles, S.A.U., acordaron por unanimidad, en idéntica fecha, 26 de junio de 2015, aprobar la fusión por absorción de las sociedades Vinzeo TIC, S.L.U., Vinzeo Informática, S.L.U., Vinzeo Premium Services, S.L.U., Lanmóvil, S.A.U., y Payma Móviles, S.A.U. (como sociedades absorbidas) por parte de Vinzeo Technologies, S.A.U. (como sociedad absorbente), por medio de la transmisión en bloque de todo el patrimonio de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, previa disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y sin ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, por ser ésta titular de forma directa o indirecta del cien por cien del capital de las Sociedades absorbidas.

Todo lo anterior conforme al Proyecto común de Fusión de las sociedades Vinzeo Technologies, S.A.U., Vinzeo TIC, S.L.U., Vinzeo Informática, S.L.U., Vinzeo Premium Services, S.L.U., Lanmóvil, S.A.U., y Payma Móviles, S.A.U., de fecha 18 de junio de 2015, suscrito por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la operación de fusión, y los Balances de Fusión de dichas sociedades, cerrados ambos a 31 de diciembre de 2014, debidamente auditados y aprobados por las Juntas Generales de las respectivas sociedades.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho de los accionistas, socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de Fusión, todo lo cual se encuentra a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los accionistas, socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de las sociedades participantes en las operaciones de fusión podrán oponerse a los acuerdos de fusión adoptados por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Bilbao, 25 de septiembre de 2015.- Doña Marta Castresana Moreno, en su condición de Secretaria no Consejera de Vinzeo Technologies, S.A.U., y D. Javier Bilbao-Goyoaga Barturen, en su condición de representante persona física de los Administradores únicos de las sociedades Vinzeo TIC, S.L.U., Vinzeo Informática, S.L.U., Vinzeo Premium Services, S.L.U., Lanmóvil, S.A.U., y Payma Móviles, S.A.U.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 191 del Martes 6 de Octubre de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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