HELVETIA COMPAÑÍA SUIZA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS (SOCIEDAD ABSORBENTE) NACIONAL SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que los accionistas de Helvetia Compañía Suiza, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros (en adelante Helvetia Seguros) reunidos en Junta General Extraordinaria, celebrada en su sede social de Sevilla, Paseo de Cristóbal Colón n.º 26, el día 7 de agosto de 2015 acordaron la fusión por absorción entre Helvetia Seguros, como sociedad absorbente y Nacional Suiza, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. (en adelante Nacional España), como sociedad absorbida. Esta absorción se realiza con disolución sin liquidación de Nacional España y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio, comprendiendo todos los elementos que integran su activo y su pasivo a Helvetia Seguros, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de Nacional España.

Este acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Consejos de Administración de ambas sociedades en las sesiones de los mismos celebradas el día 26 de mayo de 2015 y su posterior rectificación igualmente aprobada por ambos Consejos de Administración en las reuniones del día 22 de junio de 2015.

Dado que Nacional España (sociedad absorbida) es una sociedad íntegramente participada de forma directa por Helvetia Seguros (sociedad absorbente), la fusión que se opera es una fusión que está sujeta al régimen simplificado regulado específicamente en el art. 49, 1 LME y por consiguiente se realiza: 1) sin mención al tipo de canje, 2) sin fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas acciones tienen derecho a participar en las ganancias sociales, 3) sin información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmita a la sociedad resultante, 4) sin las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión, 5) sin informes de administradores o expertos sobre el proyecto de fusión, 6) sin aumento de capital de la sociedad absorbente y 7) sin la aprobación de la fusión por el accionista único de Nacional España (sociedad absorbida.

Se hace constar, igualmente, que los balances de fusión considerados a los efectos del art. 36. 1 LME son los cerrados por cada una de las sociedades participantes a 31 de diciembre de 2014.

La eficacia de la fusión está sujeta suspensivamente a la autorización por parte del Ministerio de Economía y Competitividad del Reino de España, de conformidad con lo previsto en la normativa española y, en concreto, en los artículos 24 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y 72 del Reglamento de ordenación y Supervisión de los Seguros privados aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, así como la obtención de cualesquiera otras autorizaciones que por razón de la actividad de las Sociedades Participantes fuera preciso obtener de cualquier otro órgano administrativo o entidad supervisora.

De conformidad con los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y del balance de fusión, y a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Sevilla y Barcelona, 7 de agosto de 2015.- Íñigo Soto García-Junco, Secretario no consejero de los Consejos de Administración de Helvetia Compañía Suiza, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros (sociedad absorbente) y de Nacional Suiza, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 150 del Lunes 10 de Agosto de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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