PACO MILAN SOCIEDAD ANONIMA

Datos registrales

T 950, L 714, F 199, S 8, H AB 3010, I/A 24 ( 7.04.15).

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 17º. Retribución. El cargo de administrador será retribuido. La retribución no tendrá como base una participación de los beneficios sociales, sino que será una cantidad para cada ejercicio por acuerdo de la Junta General. El carácter retribuido del cargo será compatible con la posibilidad.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 69 del Martes 14 de Abril de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.

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