TELECABLE DE ASTURIAS, S.A.

El presente anuncio se realiza a los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC").

La Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Telecable de Asturias, S.A. (la "Sociedad"), celebrada el día 3 de febrero de 2015, acordó, por unanimidad, una reducción del capital social de la Sociedad por disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones de la misma al objeto de dotar una reserva indisponible, delegando en el Consejo de Administración de la Sociedad la ejecución de la misma.

De esta forma, el Consejo de Administración de la sociedad, en su reunión celebrada el día 3 de febrero de 2015, acordó asimismo, por unanimidad, ejecutar la referida reducción de capital en consonancia con los importes aprobados por la Junta General de Accionistas y, por tanto, reducir el capital social de la sociedad (que, tras la ejecución en el día de hoy de una reducción del capital de la sociedad mediante adquisición de acciones propias para su posterior amortización, ha quedado establecido en la cantidad de 41.056.813,08€), en un importe nominal de 7.001.037€, mediante la disminución del valor nominal de todas y cada una de las 683.028 acciones de la sociedad, que pasarán de los 60,11€ actuales a 49,86€ cada una, con la finalidad de dotar una reserva indisponible por importe de 7.001.037€ (esto es, 10,25€ por acción). De esta reserva indisponible únicamente podrá disponerse con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social.

En consecuencia, el capital social resultante de la sociedad, una vez ejecutada asimismo esta reducción de capital, ha quedado fijado en la cifra de 34.055.776,08€, dividido en 683.028 acciones, de 49,86€ de valor nominal cada una. Al objeto de reflejar la nueva cifra del capital social se ha dado nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos sociales.

A estos efectos, se deja expresa constancia de que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 335 c) de la LSC, los acreedores de la sociedad no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

Madrid, 3 de febrero de 2015.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Telecable de Asturias, S.A., don Alejandro Ortiz Vaamonde.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 28 del Miércoles 11 de Febrero de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Reducción De Capital.

Personas en esta publicación

Empresas relacionadas con este anuncio