SOCIEDAD GENERAL DE AGUAS DE BARCELONA, S.A.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta general extraordinaria de accionistas de Sociedad General de Aguas de Barcelona, S.A., en su reunión de 17 de diciembre de 2014 ha acordado, la reducción de capital en 686.163 euros, mediante la amortización de la totalidad de las 686.163 acciones, de 1 euro de valor nominal cada una, de titularidad de los accionistas minoritarios, con devolución de aportaciones. Este acuerdo ha sido asimismo adoptado en votación separada por los accionistas minoritarios titulares del capital social objeto de reducción.

El tenor literal del referido acuerdo adoptado es el que a continuación se transcribe:

Segundo.-Reducción de capital por amortización de acciones correspondientes a los accionistas minoritarios.

Se acuerda reducir el capital social de la sociedad, actualmente fijado en la cifra de ciento treinta y cinco millones trescientos sesenta y tres mil seiscientos noventa y nueve (135.363.699) euros, en la cantidad de seiscientos ochenta y seis mil ciento sesenta y tres (686.163) euros, por lo que dicho capital pasa a ser de ciento treinta y cuatro millones seiscientos setenta y siete mil quinientos treinta y seis (134.677.536) euros.

La finalidad de la reducción será la devolución de aportaciones, y se llevará a cabo mediante la amortización de acciones propiedad de los accionistas minoritarios de la sociedad.

En particular, la reducción se efectuará mediante la amortización de seiscientas ochenta y seis mil ciento sesenta y tres (686.163) acciones, de un (1) euro de valor nominal cada una de ellas, representadas por medio de anotaciones en cuenta, concretamente la totalidad de las acciones propiedad de los accionistas minoritarios de la sociedad (es decir, todos menos Hisusa, Holding de Infraestructuras y Servicios Urbanos, S.A., que quedará como accionista único tras la reducción).

La reducción de capital acordada se ejecutará en el plazo máximo de sesenta días desde la adopción del presente acuerdo, una vez transcurrido el plazo de ejercicio del derecho de oposición de los acreedores previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

A los efectos de proceder a la devolución de las aportaciones de los accionistas cuyas acciones serán amortizadas en ejecución de la reducción, la sociedad abonará 19 euros por cada una de las acciones que corresponda amortizar mediante transferencia bancaria a los respectivos accionistas minoritarios. En caso de que no fuese posible la identificación de alguno de los accionistas en el momento de la ejecución de la reducción de capital, se constituirá un depósito a favor de cada uno de ellos, por importe del valor de las acciones que les correspondan y por tanto sean amortizadas, esto es, un total de 19 euros por cada una de las acciones titularidad de dichos accionistas, poniendo de esta manera el contravalor a la reducción de capital a su disposición.

Asimismo, se dejará constancia de la amortización de las referidas acciones en el Registro Contable de Acciones de la Sociedad.

De conformidad con los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición, a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción.

Barcelona, 23 de diciembre de 2014.- El Presidente del Consejo de Administración, Ángel Simón Grimaldos.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 245 del Miércoles 24 de Diciembre de 2014. Avisos y Anuncios Legales, Reducción De Capital.

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