Quiero saber acerca de...
- España
T 4780, L 3688, F 48, S 8, H MA 20954, I/A 19 (10.12.14).
28º. Retribución de los administradores: El cargo de administrador será retribuido y la retribución consistirá en una cantidad fija anual que en cada ejercicio fijará la Junta General para cada administrador conforme a las funciones atribuidas a cada uno de ellos..
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 242 del Viernes 19 de Diciembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.