IZASA DISTRIBUCIONES TÉCNICAS, S.A.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) IZASA SCIENTIFIC, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista Único de Izasa Distribuciones Técnicas, S.A., Sociedad Unipersonal, Sociedad Escindida, en fecha 21 de octubre de 2014 acordó una escisión parcial que supone el traspaso, sin extinguirse, de la rama de actividad denominada "División Industria (GIC)" la cual constituye una unidad económica diferenciada, dotada de autonomía organizativa y de explotación, capaz de funcionar con sus propios medios, en favor de la sociedad Izasa Scientific, S.L.U., Sociedad Beneficiaria, todo ello en los términos del proyecto de escisión parcial de fecha 30 de junio de 2014.

Asimismo se hace público que el Accionista Único de Izasa Distribuciones Técnicas, S.A., Sociedad Unipersonal, Sociedad Escindida, y el socio único de la Sociedad Izasa Scientific, S.L.U., Sociedad Beneficiaria, en fecha 12 de noviembre de 2014 acordaron por unanimidad subsanar y rectificar algunos términos de la escisión adoptados en fecha 21 de octubre de 2014. Dichos términos han incidido en el importe de la reducción de capital en la Sociedad Escindida, publicándose, a los efectos oportunos, la correcta información sobre dicha reducción de capital.

Como consecuencia de la escisión parcial de la rama de actividad "División Industria (GIC)", la Sociedad Escindida ha acordado reducir sus fondos propios en la cuantía de 7.132.500 euros (reduciendo su capital social en la cuantía de 313.121 euros y sus reservas en la cuantía de 6.819.379 euros), mediante la amortización de 5.210 acciones, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 303.049 a la 308.258, ambas inclusive, ampliándose el capital social de la Sociedad Beneficiaria en la cuantía de 7.132.500 euros.

Se hace constar el derecho de los accionistas y de los acreedores de las sociedades participantes en la escisión parcial, a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión parcial y consiguiente reducción de capital social que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, asiste a los acreedores en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la LME.

L'Hospitalet de Llobregat, 13 de noviembre de 2014.- Jorge Rubiralta Giralt, Administrador único de la Sociedad Escindida y Administrador único de la Sociedad Beneficiaria.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 225 del Martes 25 de Noviembre de 2014. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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